Un ambiente laboral agradable y distendido puede favorecer el crecimiento personal y profesional de una persona. Sin embargo, ¿qué ocurre cuando nos enfrentamos a jefes o compañeros provocadores, violentos e, incluso, agresivos?

El entorno de trabajo también es susceptible de desencadenar episodios de acoso que, a largo plazo, puede tener numerosas consecuencias en la vida de un trabajador acosado. En España, el acoso laboral es una de las principales causas de muertes relacionados con el trabajo.

Si todavía no sabes a qué nos referimos, a continuación, hablaremos sobre el mobbing, el bullying laboral o el acoso en el trabajo.



Qué es el Mobbing o Bullying Laboral

Entendemos como mobbing laboral todas las acciones que están enmarcadas dentro del acoso psicológico o moral producidas a una persona en su entorno laboral con el fin de deteriorar su desarrollo laboral y hacer que abandone el trabajo o acepte condiciones injustas a causa de este hostigamiento. Entre ellas, se encuentran las diferentes acciones:

  • Intimidaciones
  • Vejaciones
  • Degradaciones
  • Insultos
  • Amenazas
  • Humillaciones
  • Aislamiento
  • Rumores falsos

Cuándo se produce el Mobbing

Para saber cuándo y cómo se produce el mobbing laboral es necesario diferenciar el acoso laboral de la discriminación laboral.

La discriminación laboral se produce a causa de las diferencias físicas o culturales que no están relacionadas con las actividades laborales de un trabajador. Estas causas podrían ser el género, edad, orientación sexual, ideología política, religión, etc.

Este tipo de discriminación hace que las víctimas tengan unas condiciones de trabajo inferiores que los demás empleados, donde el principal aliciente son los motivos que se han comentado anteriormente.

Mientras, el acoso laboral no siempre está condicionado por la discriminación laboral, es decir, el acoso NO se sustenta en las diferencias físicas o culturales, sino que tiene que ver con la persona y con sus tareas que desempeña en su puesto de trabajo.

Por lo tanto, podemos decir que puede haber mobbing o bullying laboral sin que se produzca discriminación laboral.

Tipos de Mobbing

Cuando hablamos de bullying laboral podemos diferenciar hasta siete tipos de acoso dependiendo de las características, de a quién va dirigido y del objetivo que se busca:

1. Mobbing horizontal. Se llama horizontal porque el acosador y la víctima están situados en la misma línea jerárquica o rango profesional. Es decir, se da entre compañeros que tienen el mismo puesto dentro de un departamento o una empresa.

Las causas pueden ser muy variadas: fuerte carácter, enemistad entre empleados, realización de labores difíciles, aburrimiento, etc.

2. Mobbing vertical. En el mobbing vertical el acosador y la víctima se encuentran en puestos diferentes, en una categoría jerárquica superior o inferior. Se diferencia entre mobbing ascendente cuando la víctima está en un nivel superior y mobbing descendente cuando la víctima está en un nivel inferior.

El acoso laboral ascendente no suele ser habitual porque el empleado superior suele poseer más poder y la víctima puede desarrollar miedo ante las represalias. El acoso laboral descendente o bossing es el más usual, puesto que se da cuando un empleado superior aplica un abuso de poder, favorecido por su cargo profesional en la empresa.

3. Mobbing estratégico. Corresponde a un acoso vertical descendente y encaja con una forma de acoso institucional. Se produce cuando un superior realiza un hostigamiento continuado a un trabajador inferior para que abandone su puesto de trabajo.

Así, la empresa no tendría que hacerse cargo de pagar la indemnización por despido ya que el trabajador abandona voluntariamente.

4. Mobbing de dirección. Este tipo de acoso se enmarca dentro del mobbing descendente realizado por la junta directiva de la compañía. Las formas más comunes son las amenazas de despido con el fin de crear miedo en los trabajadores y que aumenten la productividad.

También se utiliza cuando la empresa quiere desprenderse de los trabajadores poco receptivos o de aquellos que no cumplen las expectativas de la dirección.

5. Mobbing perverso. La principal razón de este acoso es el carácter y la actitud del acosador, que posee una personalidad manipuladora por naturaleza. Este tipo de bullying es uno de los que más afecta a las empresas y uno de los más complicados de solucionar, dado que no resuelve el problema a través de dinámicas de trabajo, sino a través del despido o la reeducación del acosador.

Este proceso  suele ser complejo y lento y en el que no siempre se obtienen resultados.

6. Mobbing discriminatorio. En este caso concreto, se podría decir que el mobbing sí posee aspectos en común con la discriminación laboral. El motivo de este acoso son las diferencias identitarias, culturales o físicas de un empleado: edad, apariencia física, sexo, enfermedad, condición sexual, etc.

7. Mobbing disciplinario. Se lleva a cabo a través de amenazas e intimidaciones para que los trabajadores obedezcan y no cuestionen las decisiones y comportamientos de la empresa. Lo habitual es que las víctimas sean trabajadores que demandan unas mejores condiciones laborales, solicitan bajas o manifiestan prácticas ilegales.

Este tipo de mobbing no solo se produce a las propias víctimas, sino que también va dirigido de forma indirecta al resto de empleados ya que ven lo que les puede suceder si se comportan de la misma manera.

Consecuencias del Mobbing

El acoso laboral, a menudo, es muy perjudicial para las víctimas y su entorno, pudiendo incluso afectar a sus familiares. Las consecuencias del bullying en el entorno laboral son muy variadas y pueden producir daños y perjuicios difíciles de reparar.

  • Daños laborales. Una de las principales consecuencias del mobbing es la pérdida del trabajo. Parecerá que es la víctima quien ha querido dejar el trabajo voluntariamente, aunque la realidad sea muy distinta. Además, la persona acosada puede sufrir secuelas psíquicas que repercutan en la futura adaptación a otro trabajo
  • Daños psicológicos. Las consecuencias psicológicas son de los síntomas más comunes tras un proceso de acoso, ya que el estado mental de la víctima se ve alterado y deteriorado de una forma cruel. Las manifestaciones más frecuentes son el estrés, ansiedad, depresión, problemas de autoestima, culpabilidad, aislamiento, etc.
  • Daños en la salud. La salud mental, en estos casos, acompaña a la salud física. Debido al mobbing, es posible padecer fuertes migrañas, náuseas, dolores gastrointestinales, trastornos nerviosos, problemas de metabolismo, etc.
  • Daños sociales. El aislamiento y el abandono de la vida es otra de las consecuencias de sufrir acoso laboral. Esto produce que la víctima se sienta insegura relacionándose con otras personas, por lo que podría dejar de salir a la calle o dejar de visitar a familiares y amigos
  • Daños familiares. Normalmente, se piensa que es solo la víctima quien sufre las consecuencias del bullying en el trabajo, pero lo cierto es que la familia también es una pieza clave en estos procesos. La falta de comunicación y el ocultamiento del acoso a los familiares pueden desencadenar fuertes enfrentamientos en la vida familiar. Esto se debe a un comportamiento introvertido, fuertes cambios de carácter, falta de apetito sexual, etc.

Cómo puedo saber si sufro Mobbing

A veces, las propias víctimas no son capaces de identificar el acoso que sufren hacia su persona debido al estado de aturdimiento y ceguera que produce en algunas personas acosadas.

Por ello, queremos ofrecerte algunos ejemplos de lo que se puede considerar mobbing o acoso laboral:

  • Gritos, insultos, amenazas y tono despectivo continuo a un trabajador
  • Sobrecarga de trabajo, plazos inalcanzables o presiones para acabar las tareas
  • Conceder labores sin importancia o de bajo rendimiento para manifestar posteriormente un descontento con la productividad del empleado
  • Constantes críticas no constructivas con el objetivo de molestar y debilitar la autoestima del trabajador
  • Convertir errores leves en fallos descomunales y aplicar medidas desproporcionadas
  • Modificación de tareas y obligaciones sin previo aviso para provocar confusión y equivocaciones en el trabajador
  • Aislamiento del resto de trabajadores
  • Divulgación de falsos rumores y difamación de una persona para denigrar su integridad así como su reputación personal y profesional
  • Bromear constantemente sobre aspectos relacionados con un trabajador
  • Menospreciar todas la opiniones de un empleado
  • No respetar y atacar la vida, pensamientos o principios de una persona

Qué puedo hacer si sufro Mobbing o Acoso Laboral

Lo más importante es identificar y reconocer que está siendo víctima de acoso laboral. Existen test y pruebas para identificar el mobbing o el bullying laboral, en los que se estudia en comportamiento que han tenido los compañeros y los jefes durante un período de tiempo.

El siguiente paso es pedir ayuda a familiares, amigos y profesionales. El apoyo es un factor clave en estos casos.

Tras esto, se pueden tomar las siguientes medidas:

  • Solicitar la baja médica por enfermedad.
  • Denunciar el acoso en sede judicial

Baja médica por Acoso Laboral o Bullying en el Trabajo

Las personas que sufren mobbing o acoso laboral tienen derecho a pedir la baja médica. En la mayoría de los casos, la baja se da en un primer momento por estrés o ansiedad. Es posteriormente cuando las víctimas pueden demostrar que han sufrido acoso laboral y alegar una contingencia profesional a través de pruebas o Informes Periciales.

Una persona de baja por acoso laboral cobra el 75% de la base reguladora. El Convenio Colectivo establece que este debe ser el mínimo, pudiendo alcanzar hasta el 100% de la base reguladora.

Cómo denunciar el Mobbing

La denuncia del acoso laboral se puede efectuar de dos formas distintas:

  1. A través de la empresa. La empresa debe ser consciente en todo momento de las condiciones laborales de sus trabajadores y puede tomar medidas reglamentarias. Si esto no sucede, se puede pedir una Inspección de trabajo.

2. En sede judicial. Esto se puede realizar por tres vías diferentes:

  • Vía laboral, si el trabajador quiere acabar con su contrato, cobrar el paro y solicitar una indemnización por despido
  • Vía penal, si la víctima quiere que el acosador cumpla una condena. El Código Penal determina penas de entre 6 meses y 12 años de prisión para estos delitos. Además, es posible reclamar una indemnización por daños y perjuicios
  • Vía administrativa, si el trabajador es un funcionario de una Administración pública

Cómo demostrar que sufro Mobbing en el Trabajo

Quizás este sea uno de los pasos más complicados en los episodios de acoso laboral: acreditar y justificar que ha sido víctima de mobbing laboral.

Cualquier tipo de prueba que pueda evidenciar la existencia de acoso es válida: mensajes, correos electrónicos, imágenes, vídeos, audios, etc.

Además, es muy importante un Informe Pericial Psicológico para atestiguar este tipo de acoso en el trabajo.

Los Informes Psicológicos de mobbing laboral son pruebas realizadas por Peritos Psicólogos especializados en entornos laborales. En ellos, evalúan y analizan la situación de la víctima para determinar si ha existido o existe acoso en el entorno laboral.

El Informe Pericial Psicológico de Mobbing Laboral

El Perito Psicólogo se encarga de demostrar que la víctima presenta un cuadro patológico a causa de este tipo de acoso.

A través de la experiencia y procedimientos específicos del Perito Psicólogo, este profesional revisa los protocolos y las actuaciones de la empresa, el sistema de contrataciones y despidos y evalúa el funcionamiento de los departamentos de Recursos Humanos. Además, pueden realizarse entrevistas e interrogatorios con la víctima, el acusado y los posibles testigos del acoso.

Todos estos análisis y evaluaciones servirán al Perito Psicólogo para valorar y concluir la existencia de acoso laboral que quedarán recogidos en un documento escrito. Este informe tiene valor judicial, es de carácter probatorio y es tomado en gran consideración por los jueces.

Cuánto vale un Informe Psicológico para demostrar acoso laboral

El valor de los Informes Psicológicos sobre mobbing o bullying laboral oscila entre 500 y 5000€. El aumento del precio depende de cada caso ya que todos son diferentes y presentan características distintas. El coste puede variar en función de diferentes elementos:

  • Tipo de especialidad
  • Jurisdicción
  • Tiempo de realización
  • Dificultad y complicaciones del caso
  • Dietas y desplazamientos
  • Tamaño del caso
  • Pruebas a realizar
  • Herramientas necesarias
  • Urgencia del informe
  • Presencia del Perito en el Juzgado

Indemnización por Mobbing o Acoso Laboral

Las víctimas de mobbing o bullying laboral tienen derecho a una indemnización. Esta indemnización se asemeja a la del despido improcedente. El Estatuto de Trabajadores determina que se debe pagar 33 días por año trabajado.

A esa indemnización, se le suma la prestación por desempleo y la solicitud de una indemnización por daños y perjuicios.

La cuantía de las indemnizaciones de este tipo se calculan en virtud de la duración del acoso o de la gravedad de las consecuencias ocasionadas. Se emplea el Baremo de Tráfico y la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social.

No obstante, si se realiza mediante vía penal, se puede reclamar una indemnización por daños y perjuicios pero no por despido improcedente, ya que el acosador se enfrentaría a una pena de prisión.

Si necesitas un Perito Psicólogo para que demuestre la existencia de mobbing, bullying laboral o acoso en el trabajo ponte en contacto con Perito Judicial Group y aclararemos todas las incógnitas de tu caso.