Antes de hablar del concepto de Daño Emergente es preciso contextualizarlo dentro de los daños y perjuicios. De esta forma, también se asocia el concepto de daño emergente con la reclamación de la indemnización por daños.

Este término hace referencia a la consecuencias negativas que un individuo asume por un evento determinado. El tipo de daños que puede constituir un perjuicio de esta índole se diferencian en daños morales, materiales o patrimoniales y deben ser estudiados de acuerdo a la responsabilidad civil del caso.

El Daño Emergente se ubica dentro de la categoría de daños y por tanto, debe ser peritado de acuerdo a ello para la demostración de la afectación al individuo reclamante. En definitiva, deben aportarse pruebas que certfiquen el daño emergente sobre el que se reclama.

Todo individuo en virtud del derecho de reparación, debe ser retribuido por los daños o perjuicios que se le puedan haber ocasionado. Es importante realizar una cuantificación milimétrica de este daño para conseguir una cuantía justa para el reclamante.

1. Qué es el Daño Emergente

El concepto de Daño Emergente hace referencia a aquel perjuicio que se deriva de una actuación negativa sobre una persona, entidad o bien patrimonial. Podríamos entenderlo como la consecuencia colateral que "emerge" ante una circunstancia dolosa que acontece primero.

Esta característica inherente al Daño Emergente provoca que se precise de una investigación, preferiblemente de carácter pericial, para determinar la responsabilidad del daño, el nexo causal, el alcance del perjuicio y la compensación recomendada.

En algunas ocasiones la cuantificación de este daño no es costosa, ya que al ser un daño patrimonial se podría retribuir al afectado con la reparación del mismo a su estado natural o con la cuantía que costase el bien. Sin embargo, la mayoría de casos van a precisar de un perito puesto que existen múltiples factores que pueden afectar a la cuantía indemnizable.

Cuáles son los Tipos de Daño Emergente

Dentro de las posibilidades que se presentan ante el Daño Emergente, tenemos que tener en cuenta que existen distintas denominaciones para cada una de esas posibilidades.

  • El Daño Emergente Actual. Este es el perjuicio que se deriva cuando se presenta la necesidad de reparar el daño inmediato. Por tanto, estaríamos hablando de asumir con el coste de mantenimiento o reparación del bien patrimonial afectado. Ante un siniestro de coche, también se incluiría en este apartado todos los gastos derivados de los servicios sanitarios.
  • El Daño Emergente Futuro. Este es el que se presenta ante la necesidad continuada de seguir retribuyendo el daño porque tiene consecuencias futuras. Es decir, que no es posible saldar la deuda del perjuicio ocasionado porque se sigue manifestando en el tiempo. Siguiendo la línea del accidente de tráfico, podemos incluir las facturas médicas de los servicios de rehabilitación o posthospitalización requeridos. Dentro de este escenario también es preciso contemplar la posibilidad de tener que afrontar los gastos derivados de una incapacidad.

2. Cómo actúan las aseguradoras ante el Daño Emergente

¿Cuándo voy  a necesitar calcular el Daño Emergente? Una de las contingencias que más pueden provocar una necesidad de cuantificar el daño es en los accidentes de circulación. Ante la pérdida del coche o el siniestro del vehículo, existen coberturas en las aseguradoras que contemplan el daño emergente dentro de su póliza.

Ante estos casos, sería la empresa aseguradora de coches la que tendría que hacer frente al total de indemnización que suponga el accidente o coche siniestrado. El seguro de responsabilidad civil tiene por objeto velar por los intereses del afectado asumiendo el pago de las consecuencias del daño. En caso contrario o si la cobertura de daño emergente no es total, se debe proceder a una reclamación por daños y perjuicios.

Qué es el Lucro Cesante y la Pérdida de Oportunidad

Para comprender con mayor interés la orientación que puede tener una reclamación por el daño emergente es preciso conocer el lucro cesante, puesto que suelen ir unidos en la mayoría de reclamaciones. La diferencia principal entre ambos conceptos es que el daño provocado por la contingencia detonante también supone el cese de ganancias para el individuo.

Por ejemplo, ante un accidente por carretera, más allá del daño emergente en la reparación del coche y gastos hospitalarios, puede darse una situación de lucro cesante. Este sería la situación que se daría si el vehículo accidentado es una furgoneta de trabajo o cualquier coche que sirva para desempeñar la actividad económica, como un taxi.

Estaríamos hablando de la cuantía económica o de los beneficios que se cesan de obtener o poder percibir a causa del accidente. Esta situación por tanto, también debe ser cuantificada y expuesta en el Informe Pericial Económico.

3. Cómo se perita el Daño Emergente

La peritación del Daño Emergente debe ser realizada por un profesional económico, ya que son los expertos en la cuantificación de daños y perjuicios de esta índole. Lo único necesario para realizar el Informe Pericial Económico es el análisis de la situación, las cuantías de los costes y poder emitir un informe que avale el daño producido por la tercera persona.

Es preciso justificar cada solicitud de indemnización puesto que es obligatoria la demostración del daño mediante la valoración. Es decir, no solo basta con agrupar los daños en una relación de hechos, si no que deben ser demostrados con pruebas fehacientes. Los daños que no sean demostrados no serán indemnizados.

Para ello, es preciso que el perito judicial lleve una metodología caracterizada por la búsqueda documental y que anexione todo lo relativo al caso al dictamen pericial económico, a fin de poder constatar la valoración con datos reales.

4. Cómo se calcula el Daño Emergente de una Pericial

El cálculo del Daño Emergente se realiza mediante la cuantificación del daño producido a los bienes materiales, a la propia persona o a la empresa o entidad jurídica. Para ello es preciso contar con la ayuda de un Perito Económico que dirija el proceso de investigación pericial.

Para la cuantificación es preciso que el especialista en economía se ciña a criterios objetivos y medibles, así como estandarizados para la demostración y la creación de una defensa jurídica férrea. Se hacen uso de distintas técnicas y métodos de medición, así como el examen de la documentación relativa al siniestro en el que se espera reflejada la relación de daños y cuantías económicas.

El reclamante afectado tiene el derecho de ver sus daños satisfechos mediante la retribución económica del total a lo que ascienda la valoración del Perito Judicial Económico. Por ello, es recomendable contar con los servicios de un profesional que tenga amplia experiencia en la materia.

5. Cómo es la reclamación por Daño Emergente

Los interesados que quieran presentar una reclamación para la retribución económica del Daño Emergente percibido deberán de seguir los mismos pasos que en una genérica de daño y perjuicio.

Para ello, son tres los elementos principales para conseguir las mayorías garantías de éxito en el proceso judicial. En primer lugar, contar con el asesoramiento técnico y jurídico de un abogado especialista en materia económica.

Estos profesionales van a ser tu representante legal, así como la figura con capacidad judicial para presentar en tu nombre las tramitaciones extrajudiciales que se requiriesen. Del mismo modo, es el encargado de liderar la defensa jurídica y la argumentación para acabar recibiendo una indemnización.

En segundo lugar, se encuentra el perito judicial económico. Este experto tiene una especialización en el ámbito de la economía, así como experiencia en las peritaciones de este carácter. Este va a ser el pilar sobre el que se fundamente el juicio, ya que es el que va a realizar la investigación pericial del tercer elemento: el Informe Económico.

El informe económico es el documento por antonomasia en los procesos de reclamación, ya que supone la evidencia probatoria de la acusación del daño y perjuicio percibido. En él deben quedar reflejados todos los daños, acreditados con facturas de hospital, taller de mecánica o de cualquier servicio que se haya requerido a causa del siniestro.

6. Cómo es el Informe Pericial por Daño Emergente

El Informe Pericial, también denominado dictamen, que se realiza en estas ocasiones es el económico, ya que se están tratando con facturas y documentación de esta índole. La cuantificación del daño es un método estrictamente estadístico y económico, así como las técnicas utilizadas y los conocimientos necesarios para la realización de esta pericial.

Dentro de este dictamen económico, el perito debe establecer la identificación de ambas partes del proceso judicial. A continuación, deberá exponer los hechos acontecidos mientras elabora una línea de causalidad que demuestre que el daño provocado y sobre el que se exige el resarcimiento, existe.

Más allá de la existencia de este mismo daño, también se deben demostrar la culpabilidad del sujeto al que se acusa o, en caso necesario, la reclamación a la compañía aseguradora. Se requiere certeza en la valoración de los daños, basado en factores objetivos y que sean constitutivos respecto a los hechos dolosos que se condenan.

Este informe debe estar redactado debidamente y sin el empleo de terminología específica, ya que la pretensión del documento no es otra que su entendimiento por parte de cualquiera de las figuras implicadas en el procedimiento. Se agradece por tanto, el uso de claridad expositiva en la elaboración.

La cuantificación del daño en el Código Civil

El método más importante que hay en este procedimiento es la valoración económica del daño realizada a partir de la cuantificaición del mismo. Los perjuicios económicos y su medición se encuentran contemplados dentro del reglamento regulador denominado Código Civil.

Por ejemplo, el artículo 1106 hace referencia a la indemnización a obtener mediante el peritaje del lucro cesante, ya que se refiere a la "ganancia que haya dejado de obtener el acreedor". No obstante, el daño emergente hace referencia a la disminución del patrimonio económico o de el dinero personal de un individuo ante la necesidad de enfrentarse a un nuevo gasto como la reparación del vehículo o gastos médicos.

En otros términos pero también en relación a esta cuantificación y al derecho de reparación, el siguiente artículo reza:

Artículo 1107: “Los daños y perjuicios de que responde el deudor de buena fe son los previstos o que se hayan podido prever al tiempo de constituirse la obligación y que sean consecuencia necesaria de su falta de cumplimiento. En caso de dolo responderá el deudor de todos los que conocidamente se deriven de la falta de cumplimiento de la obligación”.

Por un lado, requiere de la necesidad de justificar ante el lucro cesante, la verdadera pérdida de unas ganancias futuras mediante pruebas que acrediten este hecho. No obstante, hace hincapié en un concepto que casa bien con la conceptualización del daño emergente: la existencia de causalidad.

Es preciso la demostración de que ha sido una actuación por parte del tercero acusado la que ha provocado las contingencias y consecuencias actuales. Por tanto, en virtud del derecho de reparación, es esta figura personal la que debe enfrentarse a la asunción de los costes económicos derivados por el hecho doloso.

7. Qué indemnización puedo conseguir por daño emergente

La indemnización que puede percibir un afectado por el Daño Emergente va a ir en consonancia con la investigación pericial y con la cuantificación del daño realizada en la misma. Por regla general, no existe un marco normativo estandarizado con una tabla de cuantías recomendadas. Por tanto, es preciso que un experto, en este caso el Perito Judicial Económico, sea el encargado de revisar las cuentas, facturas y cronología del caso para estimar una cuantía indemnizable.

Para ello, el perito mediante la emisión de su dictamen, debe certificar la existencia de los daños mediante pruebas que se puedan constatar. Además, es importante que se demuestre la relación de causalidad entre acusado y hecho para poder establecer un responsable de los hechos. Esta investigación debe realizarse con esmero y atención, ya que todo dato o recomendación debe encontrarse debidamente justificada.

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