El testamento es un acto personal y nadie puede realizarlo en nombre de otro, por lo que es muy importante conocer qué factores pueden influir en la testamentificacion. La capacidad de testamentar está estrechamente ligada a la capacidad volitiva del individuo.


Qué es la Testamentificación

La testamentificación es el acto, activo o pasivo de asignar o recibir los bienes, derechos (y obligaciones) de los que un sujeto es propietario.

Pero no todas las personas están en posición de Testamentificar, de acuerdo a la legislación española. Por lo que es importante conocer los detalles.

¿Quién puede Testamentificar u otorgar Testamento?

Antes de responder a esta pregunta debemos especificar que únicamente las personas físicas podrán testamentar algún tipo de bien material o económico. Por regla general a toda persona se le presume la capacidad para testamentar. No obstante, hay algunos casos específicos en los que la legislatura española puede imposibilitar la capacidad de realizar un testamento a una persona: cuando se trate de personas menores de 14 años y cuando la persona no se encuentre bajo todas sus facultades mentales.

A partir de este último supuesto debemos establecer las siguientes pautas:

  • Si el testamento se hace antes de que la persona sufra de enajenación mental o alguna enfermedad que imposibilite su capacidad mental, el testamento será válido.
  • La perturbación mental deberá ser grave y deberá imposibilitar la capacidad de conciencia de los propios actos para poder impugnar una testamentación. Al mismo tiempo, deberá ser siempre probada.
  • No sólo serán incluidas las incapacidades mentales a causa de enfermedades y permanentes, sino que cuando la persona se encuentre bajo la influencia de bebidas alcohólicas, de algún tipo de estupefaciente, durante sonambulismo, hipnotismo o bajo algún tipo de delirio, también se verá anulada su capacidad para testamentar.
  • La incapacidad deberá existir en el momento de la testamentación y si no es declarada judicialmente regirá la presunción de capacidad mientras no se demuestre lo contrario.
  • Aquel testamento que sea escrito o reproducido por una persona considerada incapacitada mentalmente por ley, se considerará nulo y si se da el caso de que el notario que realizó su trabajo durante la testamentación no detectó la incapacidad de la persona, será responsabilidad de la persona que desee impugnar el testamento demostrar la incapacidad del testamentador.

Quién valora la capacidad de testamentificar

En el caso de que se desee impugnar un testamento o valorar la capacidad de testamentación serán necesarios los servicios de un perito que deberá analizar la capacidad mental de la persona que haya realizado el testamento o pretenda hacerlo.

Este análisis se basará en el estudio de las capacidades mentales por parte de un perito psicólogo o perito psiquiatra.

Este tipo de profesionales pueden evaluar la capacidad cognitiva, de memoria y de raciocinio de un individuo. A partir de un elaborado estudio pueden determinar si la persona puede actuar por su propia voluntad y ser una pieza clave en un juicio. Si este perito concluye que la persona ha sufrido un grave deterioro mental puede establecer la asignación de un tutor que será un paso clave para incapacitación civil del individuo.

¿Es posible impugnar un testamento?

La respuesta es SÍ. Incluso si la persona ha fallecido. Para lo que deben darse una serie de circunstancias.

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