Cuándo comienza el Plazo para reclamar una Negligencia Médica

El plazo para reclamar por una negligencia médica puede determinarse de varias formas. En algunos casos se considera que comienza desde que sucede la negligencia o desde que el paciente fallece. En el caso de que la negligencia médica provoque o empeore una lesión o enfermedad, el plazo empezará a contar desde que el paciente se cure o desde que su enfermedad o lesión se estabilice. Por ejemplo, ante un fallo en el trasplante de órganos.

Para saber el momento exacto en el que comienza el plazo para reclamar una negligencia médica debemos tener en cuenta muchas variantes. Es una situación muy compleja por lo que lo ideal es consultarlo con un abogado especialista en este tipo de casos o un perito médico experto.

Cuáles son los Plazos para reclamar por Negligencia Médica

Es muy importante tener en cuenta los plazos a la hora de reclamar este tipo de daños derivados de una negligencia médica. Este plazo variará dependiendo del tipo de reclamación que cursemos.

1. Vía Civil

Este tipo de vía se utilizará cuando la negligencia médica suceda en la sanidad privada. En el ámbito civil el plazo máximo de prescripción para la reclamación computará desde la fecha de fallecimiento o la detección de secuelas y dependerá si nos encontramos ante una relación contractual o extracontractual. En el primer caso, el plazo de prescripción será de 5 años, en el segundo caso, será de 1 año.

2. Vía Administrativa

Este tipo de vía es la más común, ya que es a la que se accede cuando la negligencia médica se produzca en el ámbito de la sanidad pública, es decir, la Administración pública (hospitales públicos, centros de salud, ambulatorios...).

En estos casos, el plazo máximo para reclamar es de un año desde la fecha del fallecimiento o de la detección de las secuelas del paciente o su estabilización. En el caso en el que se haya rechazado esta vía podemos recurrir finalmente a la vía penal.

3. Vía Penal

Esta vía será tomada como último recurso ante una negligencia médica y cuando la mala praxis del profesional sanitario tenga como consecuencia una infracción de carácter penal.

Esta vía debe reservarse para casos muy graves donde la negligencia sea evidente y haya ocasionado daños muy sensibles.El plazo de prescripción para este tipo de delitos dependerá del tipo de delito, aunque normalmente está en torno a los 5 años, y a diferencia de el resto de vías, el plazo de este tipo de delitos empezará de la comisión del delito.

En cualquiera de las vías se va a precisar de expertos en las áreas en las que hayan ocurrido las negligencias médicas, a fin de valorar de la mejor manera posible el error. Por ejemplo, deberá ser un perito médico oftalmógolo el encargado de evaluar los daños producidos por una intervención LASIK.

Si la negligencia médica deriva en un fallecimiento, se debe actuar con rapidez para finalizar lo más pronto posible con los trámites de reclamación.