El Plazo de Prescripción de una Negligencia Médica o sanitaria depende de varios factores:
- Organización donde se produce (de ámbito privado o público)
- Ámbito judicial ante en el que se reclama
Es importante tener todo esto en cuenta ya que tras ese rango de tiempo no podrá interponer demanda alguna.
Cuál es el plazo de Prescripción de una Negligencia Médica
Podemos distinguir 2 situaciones:
1. Cuando la negligencia es cometida dentro de la Sanidad Pública se realizará el procedimiento ante la administración sanitaria pública, es decir, en las Consejerías de Sanidad. Este procedimiento se denomina reclamación por responsabilidad patrimonial. El plazo máximo para iniciar este tipo de reclamaciones es de 1 año desde el mal procedimiento del médico, desde la defunción del usuario o desde la lesión como consecuencia de la negligencia.
2. Cuando la negligencia se produce en la Sanidad Privada, (odontologos, centros de estética y centros derivados a la salud en los que se ha tenido que pagar) se procederá a una demanda de Responsabilidad Civil hacia los causantes de lo ocurrido y ante las jurisdicciones civiles pertinentes. En el caso de responsabilidad contractual existe un plazo de 5 años y de 1 año por responsabilidad extracontractual. Pasa igual que en el caso anterior, el plazo empieza a contar desde que ocurre la negligencia, desde la defunción y en el caso de que le causen una lesión, enfermedad o daño contaría desde que se estabiliza de las lesiones o recuperara de estas.
Desde cuándo empieza a contar el Plazo de Prescripción
El plazo empezará a partir de la fecha en la que se produzca la estabilización o sanación del paciente.
Qué es la Sanación o Estabilización
La sanación o estabilización se produce cuando el paciente recibe el alta de los diversos problemas que haya tenido, por el hecho de estar curadas o estabilizadas, es decir, ya pertenecen a su vida las secuelas que le hayan producido las lesiones.
Es difícil verificar el momento exacto para reclamar, por lo que debemos consultar con un abogado especialista en negligencias médicas, el cual nos orientará sobre lo que deberemos hacer y cuándo reclamar , debido a que existen muchas circunstancias distintas y cada una es valorada de forma diferente a las otras.
Esto tiene relación con la cantidad de posibilidades negligentes dentro de los diversos ámbitos médicos. Pueden cometerse errores en cualquier área, desde cirugía torácica hasta neurología.
La Tercera Vía: Último Recurso o VÍA PENAL
El plazo de prescripción también depende de ante qué ámbito judicial se esté reclamando.
Tanto en la negligencia en centro privado como en público, se podrá acudir a la jurisdicción penal. Es un procedimiento muy largo y suele ser el último recurso, ya que normalmente no se producen muchas condenas.
Se suele acudir a ella cuando es por una mala praxis que provoca una lesión muy grave e irreparable o la defunción del paciente. En este caso sería un procedimiento rápido, económico y beneficioso. El tiempo para iniciar los tramites será de 6 meses si se trata de una falta y de 2 años cuando se trate de un delito.