Las enfermedades laborales pueden producirse a consecuencia de muchos factores, por ello es muy importante conocer qué tipos de enfermedades laborales existen y  a qué clase de indemnizaciones tenemos derecho.



Qué es una Enfermedad Laboral o profesional

La definición de enfermedad laboral está definida por el artículo 116 de la Ley general de seguridad social. Según esté artículo, aquella enfermedad que haya sido

contraída a consecuencia del trabajo ejecutado por cuenta ajena en las actividades que se especifiquen en el cuadro que se apruebe por las disposiciones de aplicación y desarrollo de esta Ley, y que esta proceda por la acción de elementos o sustancias que en dicho cuadro se indiquen para cada enfermedad profesional.

A partir de este artículo podemos extraer una serie de deducciones. Para que una enfermedad se considere como laboral o profesional será necesario que se cumplan una serie de requisitos:

  1. En primer lugar,  necesario que la enfermedad se haya producido como consecuencia de las actividades que se especifican dentro del cuadro oficial de enfermedades profesionales. Este cuadro está limitado y no afecta a un número extremadamente amplio de enfermedades. Sin embargo, las enfermedades laborales que no se encuentren incluidas en este cuadro pueden añadirse como accidente laboral tal y como establece la Ley General de la Seguridad Social. Esta enfermedad se considerará como accidente de trabajo siempre y cuando exista una relación causal entre la exposición laboral y la enfermedad no incluida en el cuadro de enfermedades laborales.
  2. En segundo lugar,  será necesario que la enfermedad laboral se haya producido a consecuencia de las sustancias o elementos que se establecen en el cuadro de enfermedades laborales correspondiente a cada enfermedad.

Diferencias entre Enfermedad Laboral y Accidente Laboral

La diferencia principal entre las enfermedades laborales y los accidentes laborales es el periodo de latencia. Por un lado los accidentes de trabajo se producen en un momento puntual, mientras que las enfermedades laborales se van produciendo de forma paulatina como consecuencia del trabajo diario y las funciones que afectan negativamente al trabajador. Según establece el Estatuto de los Trabajadores:

El empresario podrá verificar el estado de enfermedad o accidente del trabajador que sea alegado por éste para justificar sus faltas de asistencia al trabajo, mediante reconocimiento a cargo de personal médico. La negativa del trabajador a dichos reconocimientos podrá determinar la suspensión de los derechos económicos que pudieran existir a cargo del empresario por dichas situaciones.

Tipos de Enfermedades Laborales

La mayor parte de los puestos de trabajo, independientemente del cargo en el que se sitúen, tienen riesgo de enfermedad laboral. La mejor forma de evitar este tipo de enfermedades es a través de una correcta planificación y cumplimiento del programa de prevención.

La formación de los trabajadores en el área de prevención de riesgos laborales es clave para evitar este tipo de enfermedades o reducir su impacto en el trabajador. Entre las enfermedades laborales más comunes se encuentran las siguientes:

  • Problemas visuales. Exponerse constantemente a las pantallas de móviles y ordenadores durante muchas horas sin descanso y centrar la vista en un punto concreto puede afectar a la fatiga visual. Por eso, es necesario intentar apartar la vista de la pantalla cada cierto tiempo centrando la vista en objetos más lejanos.
  • Problemas de espalda. Este tipo de dolencia se da con frecuencia en aquellos trabajadores que deben levantar mucho peso o que tienen que pasar muchas horas sentados. Es imprescindible una postura correcta tanto al levantar peso como al sentarse.
  • Síndrome de fatiga crónica. Si no se duermen las horas suficientes durante mucho tiempo, el cansancio y la fatiga pueden convertirse en crónicos. Para evitar este tipo de enfermedad es muy importante dormir las horas necesarias y llevar una adecuada alimentación.
  • Obesidad. La obesidad se produce especialmente en trabajos sedentarios en los que sepas una gran cantidad de horas sentado. Este tipo de trabajo se pueden compensar realizando actividad física diaria.
  • Depresión y/o estrés. Esta es la causa principal del absentismo laboral y la disminución de productividad del trabajador. Cuando el trabajador comienza a sentir señales de estrés laboral o depresión de forma no puntual de debe prestar atención a las causas que lo pueden haber provocado.
  • Problemas gastrointestinales. Este tipo de dolencias pueden surgir como consecuencia del anterior causa iban desde dolor abdominal hasta la enfermedad de colon irritable.
  • Hipoacusia. Es la pérdida de audición como consecuencia de una exposición prolongada a un ruido intenso. Este tipo de enfermedad está relacionada con trabajos industriales o con maquinaria que emite mucho ruido. La mejor forma de evitar este tipo de enfermedad es usar protección auditiva.
  • Síndrome del túnel carpiano. Este síndrome aparece como consecuencia de lesiones en las manos y muñecas debido a la atención en los tendones de estas articulaciones. Se da con frecuencia en personas que utilizan mucho el ratón del ordenador por lo que es recomendable el uso de un ratón ergonómico.
  • Dermatitis de contacto. Reproduce cuando se manipulan sustancias corrosivas o dañinas para la piel durante el trabajo. La mejor solución para evitar este tipo de enfermedad es tomar medidas preventivas mediante el uso de guantes o instrumentos de protección.
  • Enfermedades cardiovasculares. Es una de las principales causas de la baja laboral algunos trabajos donde no se realiza actividad física y que tienen una gran carga de estrés. Es importante evitar conductas sedentarias y prestar atención a cualquier signo que puede indicar un problema cardiovascular.

Indemnización por Enfermedad Laboral

Un trabajador sufre un accidente laboral,  o como es el caso, una enfermedad laboral tiene derecho a ciertas prestaciones mientras sufre pincho contratiempo.

Si la baja es temporal el trabajador tendrá derecho a una prestación por incapacidad temporal. En el caso de que  la enfermedad sea permanente y el trabajador no se recupere de la enfermedad y sea incapaz de realizar su trabajo,  tendrá derecho a una prestación de incapacidad permanente.

En el caso de que exista responsabilidad civil  por la enfermedad laboral que ha sufrido el trabajador durante sus servicios en la empresa,  tendrá derecho a una indemnización por daños y perjuicios. Si el trabajador no ha cumplido la prevención de riesgos laborales,  tendrá un recargo en su posible prestación.

En cualquier caso, todas las indemnizaciones y/o prestaciones son compatibles entre ellas, pero no siempre se consiguen de forma automática.

La empresa solo tendrá que abonar una prestación cuando tenga una responsabilidad directa o indirecta sobre la enfermedad laboral del trabajador. La prestación a la que tendrá derecho el trabajador durante el tiempo de incapacidad temporal será del 75 % de su salario base desde el primer día de su baja laboral. En este caso no se requerirá un periodo mínimo de cotización al trabajador.