La Usurpación de una Vivienda puede tener consecuencias negativas para los propietarios y su prolongación en el tiempo puede hacer que los titulares pierdan su vivienda o que sufran grandes daños. En algunas ocasiones, la falta de medios y de asesoramiento, complica el procedimiento y no protege a los sujetos realmente afectados por esta situación.
En este post explicaremos en qué consiste la Usurpación y todo lo que la rodea. Además, presentaremos a la figura del Perito Criminalista como figura clave para afrontar y reclamar ante este tipo de situaciones.
En qué consiste la Usurpación de una Vivienda
Este concepto está relacionado con la ocupación de la misma sin el consentimiento del legítimo propietario.
Entre los factores que suelen rodear a este conflicto se encuentran:
- Uso de la violencia
- Intimidación
- Ocupación contra la voluntad del titular
Frente a cualquier de estas situaciones, y ante la usurpación de una vivienda, resulta de gran relevancia contar con los servicios de un Perito. La finalidad de su trabajo es proteger a los afectados y demostrar que se ha ocupado la vivienda de manera ilegal.
Esta acción es considerada como un delito y el objeto material forzado es el bien inmueble o el derecho real vinculado al mismo. Dentro de este proceso podemos diferenciar entre:
- Sujeto Activo: persona responsable del delito de usurpación de la vivienda. Puede ser cualquiera menos los propietarios
- Sujeto Pasivo: afectado por la comisión del delito. Será el propietario del delito o el titular del derecho real
La Usurpación se basa en la ocupación de la propiedad y para determinar su gravedad se debe tener en cuenta la Vocación de Permanencia. De esta manera, se estudiará la actitud de los ocupantes para saber si buscaban robar, ocupar el inmueble de manera temporal o hacerse con la vivienda de manera permanente.
Cuál es la diferencia entre la Usurpación de una Vivienda y el Allanamiento de Morada
En algunas ocasiones estos dos conceptos son confundidos. Se trata de acciones similares pero que tienen una serie de diferencias que debes conocer.
En primer lugar, tiene que saber que el Allanamiento de Morada tiene unas consecuencias superiores para los delincuentes al estar vinculada directamente con la vulneración de la intimidad de los propietarios de la vivienda. Esta tiene lugar cuando el inmueble ocupado es el habitual por los dueños. Por lo tanto, la justicia aporta una mayor protección a este bien inmueble.
Por el contrario, el objeto en la usurpación es considerado como un lugar habitable que los propietarios no usan habitualmente, se encuentran abandonadas o vacías, así como aquellas moradas en construcción. A pesar de esto, las consecuencias para los afectados también pueden ser muy graves y los profesionales de Perito Judicial Group pueden ayudarte si estás sufriendo algunas de estas situaciones.
El Allanamiento de Morada queda regulado entre los artículos 202 y 204 del Código Penal. Este documento, respecto a este concepto, señala que:
``El particular que, sin habitar en ella, entrare en morada ajena o se mantuviere en la misma contra la voluntad de su morador, será castigado con la pena de prisión de seis meses a dos años.´´
``Si el hecho se ejecutare con violencia o intimidación la pena será de prisión de uno a cuatro años y multa de seis a doce meses.´´
Por su parte, el delito de Usurpación queda establecido en el artículo 245 del Código Penal y lo ampliaremos más adelante.
¿Estás interesado en saber más sobre estos delitos? ¿Necesitas el asesoramiento de un Perito ante cualquiera de estas situaciones? Póngase en contacto con nosotros y desde Perito Judicial Group pondremos a tu disposición al profesional criminalista que puede ayudarte.
Qué dice el Código Penal sobre la Usurpación de una Vivienda
Como hemos comentado, tanto el Allanamiento de Morada como la Usurpación de la Vivienda queda regulada en el Código Penal.
En este caso, respecto a la Usurpación, el artículo 245 señala que:
``Al que con violencia o intimidación en las personas ocupare una cosa inmueble o usurpare un derecho real inmobiliario de pertenencia ajena, se le impondrá, además de las penas en que incurriere por las violencias ejercidas, la pena de prisión de uno a dos años, que se fijará teniendo en cuenta la utilidad obtenida y el daño causado.´´
El apartado 2 de este mismo artículo añade que, el que ocupare o se mantuviera en la vivienda o edificio ajeno sin la autorización del titular, cuando no constituya morada, será castigado con pena de multa entre tres y seis meses.
El Código Penal también señala en relación con este delito que:
``1. El que alterare términos o lindes de pueblos o heredades o cualquier clase de señales o mojones destinados a fijar los límites de propiedades o demarcaciones de predios contiguos, tanto de dominio público como privado, será castigado con la pena de multa de tres a dieciocho meses.´´
``2. Si la utilidad reportada no excediere de 400 euros, se impondrá la pena de multa de uno a tres meses.´´
Desde PJ GROUP entendemos la complejidad legal que pueden tener estas situaciones y te asesoraremos personalmente para ayudarte a salir de esta situación.
¿La Usurpación de una Vivienda es considerada un Delito Leve?
Esta acción, aunque tiene consecuencias jurídicas y penales menores que el Allanamiento de Morada, es considerado como un delito leve.
Esta falta está relacionada con conductas ilícitas. Tenga en cuenta que será considerado como delito leve cuando no esté relacionado con actos de violencia ni daños en la morada.
Cómo Reclamar ante la Usurpación de una Vivienda
Llegados a este punto, probablemente te estés preguntando cómo puedes reclamar si eres uno de los afectados y cuáles son las probabilidades de conseguir los objetivos ante la ocupación de tu vivienda.
Tras contactar con nuestros equipo, analizaremos su caso para determinar la viabilidad de una reclamación y la responsabilidad legal que pueden tener las partes implicadas. De esta forma, será posible afrontar este procedimiento con pruebas sobre el caso y con un estudio exhaustivo de la situación por parte del Perito u otros profesionales del peritaje que puedan ayudarte.
Probablemente, si eres uno de los afectados, eres consciente de que estos delincuentes buscan estar en la vivienda el máximo tiempo posible y pueden tener conocimientos sobre el ámbito legal.
Desde Perito Judicial Group le recomendamos las siguientes acciones para reclamar ante la usurpación de su vivienda:
- Interponer la demanda lo antes posible: hacerlo en las primeras 48 horas puede ser clave para el desalojo. Será necesario para dejar constancia de lo sucedido
- Interponer una demanda de desahucio contra los ocupantes
- Presentar un denuncia por un delito de usurpación
- Contar con el asesoramiento de un experto
Tenga en cuenta que se trata de un proceso complicado que puede alargarse en el tiempo si no se actúa de la manera correcta. En algunas ocasiones, invertir en profesionales puede ser clave para contar con garantías durante el proceso de reclamación así como para saber qué vía escoger ante la usurpación.
¿Está interesado en reclamar por otro tipo de conflictos que pueden aparecer en relación con las viviendas? En el ámbito arquitectónico también pueden darse problemas que son causa de daños o pérdidas. Aquí le dejamos una serie de artículos que pueden interesarle:
El Perito clave para esclarecer los hechos en una Usurpación de la Vivienda
Como hemos comentado a lo largo de este artículo, uno de los profesionales que puede ser de gran relevancia ante un Delito de Usurpación de la Vivienda es el Perito Criminalista.
Se trata de profesionales que asociamos generalmente con asesinatos u otro tipo de investigaciones. A pesar de esto, también están capacitados para desarrollar su trabajo en el ámbito de las ocupaciones. Sus conocimientos serán de gran utilidad para analizar las actuaciones de los okupas, sea la morada principal o una vivienda secundaria.
Los especialistas en criminología de Perito Judicial Group también cuentan con formación en el ámbito legal. Por lo tanto, sus servicios también serán de utilidad para escoger el camino adecuado de cara a una reclamación y a la recuperación del inmueble.
En algunas ocasiones, la usurpación o el allanamiento de morada puede tener consecuencias negativas para la vivienda. Frente a estos casos puede ser relevante contar con un Perito Arquitecto o un Perito Tasador para evaluar el alcance de los destrozos.
¿Estás interesado en saber más sobre este tema? ¿Necesitas ayuda ante la usurpación de una vivienda? Desde Perito Judicial Group somos conscientes de la gravedad de la situación y podemos ayudarte. Contacte con nosotros y te asesoremos sobre cómo afrontar esta difícil situación.