¿Qué es la tutela? ¿Cómo se solicita, quién y a quién se puede tutelar? Todas estas incógnitas encuentran su respuesta en el presente artículo. En PJ GROUP tenemos amplia experiencia en el reconocimiento de tutelados y en los procedimientos jurídicos a llevar a cabo.

El Perito Social o Psicólogo es el encargado de realizar un informe pericial en el que se recoja toda la información relativa a las circunstancias del tutelaje. Gracias a este dictamen, que tiene validez judicial, se pueden determinar los mejores tutores para los menores o incapacitados en situación de necesidad.


1. Qué es la Tutela

La Tutela es una forma de solventar los problemas derivados de una situación de capacidad judicial limitada. Dentro del ámbito de derecho familiar, la tutela tiene como fin proteger los intereses de un individuo que o bien es menor de edad, o bien se encuentra incapacitado por otra serie de razones.

Por tanto, la razón principal que avala la existencia de este sistema es la de la defensa del tutelado. Para asegurar que este proceso se hace con unos mínimos de calidad y prevenir situaciones de abuso infantil o maltrato, todas las tutelas deben ser controladas mediante  inspección periódicas, por un trabajador del ámbito jurídico.

La concesión de la tutela no exime de la obligación de demostrar los cuidados del tutelado, por lo que de manera constante se deben estar supervisando. Dentro de las posibilidades que ofrece el tutelaje, suelen haber dos tipologías clave: la tutela de familia y la tutela de autoridad.

  • Tutela de familia. En este configuración del sistema, la tutela es de carácter privado y rinde cuentas al Consejo de Familia.
  • Tutela de autoridad. En este caso, el sistema está supeditado a una autoridad superior como los organismos judiciales y administrativos. Es el Estado el que asume la responsabilidad del cuidado del menor o incapacitado.

Cabe destacar también la posibilidad de que el tipo de tutela sea total, en la que se ejerce en las actuaciones administrativas y sobre los bienes o la tutela parcial, en la cual solo se tendría potestad sobre las decisiones relativa a los bienes.

Independientemente de sobre qué organismo recaiga la responsabilidad del tutelaje, queda claro que en todo momento deben primar los intereses del tutelado. Se pueden contar con los servicios de un Perito Social para determinar y evaluar la situación conforme a los parámetros de valoración de hogares que se deban tener en cuenta.

El informe pericial puede ser una buena herramienta jurídica para conseguir los derechos de tutelaje de un individuo de una forma más rápida y segura. El perito es el experto con los conocimientos y autoridad profesional suficiente para realizar la mejor evaluación del caso.

Tipos de tutela

Existen diversos tipos de tutela, adaptados a las necesidades específicas del tutelado:

  1. Tutela temporal: Se concede en situaciones urgentes, tanto para adultos como para menores. En el caso de los niños, permite que alguien se responsabilice temporalmente de su cuidado durante la ausencia de los padres o antes de que las partes puedan acudir al tribunal para un plan más prolongado.
  2. Tutela permanente: Implica una responsabilidad a largo plazo sobre el cuidado del tutelado.
  3. Tutela limitada: Se aplica cuando una persona necesita asistencia solo en áreas específicas de su vida, como la gestión financiera, mientras mantiene el control sobre otros aspectos.
  4. Tutela de la persona: El tutor es responsable del cuidado, mantenimiento y necesidades personales del incapacitado.
  5. Tutela del patrimonio: El tutor se encarga de todos los asuntos financieros de la persona incapacitada, incluyendo la preservación, protección y mantenimiento de los activos del patrimonio.

En España, la tutela está regulada por el Código Civil. El artículo 172 establece que la tutela puede proporcionarse mediante acogimiento familiar y, si esto no es posible o no es lo más conveniente para el menor, se puede recurrir al acogimiento residencial.

La Ley 21/1987 del 11 de noviembre y la Ley Orgánica 1/1996 del 15 de enero sobre la Protección Jurídica del Menor, junto con las modificaciones parciales del Código Civil y la Ley de Enjuiciamiento Civil, conforman el marco legal que rige los procesos de tutela.

Es importante destacar que los padres cuya custodia ha sido retirada tienen un plazo de dos años para solicitar que se levante la suspensión y recuperar la patria potestad o tutela. Transcurrido este plazo, pierden el derecho a solicitar u oponerse a las medidas de protección adoptadas para el menor.

2. Personas sujetas a tutela

La tutela es una institución jurídica que tiene como objetivo proteger y custodiar a personas que no pueden hacerlo por sí mismas. En España, existen diferentes categorías de individuos que pueden estar sujetos a tutela, cada una con sus propias características y necesidades específicas.

Menores no emancipados

Los menores de edad son uno de los grupos principales sujetos a tutela. Según la legislación española, se considera menor a toda persona menor de 18 años. La tutela de menores tiene como propósito garantizar su bienestar y protección cuando los padres no pueden ejercer la patria potestad.

En situaciones donde los padres fallecen o pierden la custodia, la tutela puede ser asignada a otros familiares o incluso a instituciones adecuadas. Es importante destacar que, aunque el padre o madre superviviente tenga la patria potestad, debe iniciar un "procedimiento de modificación de medidas" para obtener legalmente la custodia de los hijos.

Personas con discapacidad

Otro grupo importante sujeto a tutela son las personas con discapacidad que requieren protección especial. La tutela en estos casos busca salvaguardar los derechos y el patrimonio de aquellos individuos que no pueden gobernarse por sí mismos debido a una discapacidad intelectual o psicosocial.

Es fundamental señalar que la Convención de las Naciones Unidas sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad (CDPD) enfatiza el derecho de estas personas a tener capacidad jurídica en igualdad de condiciones con los demás. Esto implica un cambio de paradigma hacia un sistema de apoyo en la toma de decisiones, en lugar de la sustitución completa de la voluntad.

Situaciones de desamparo

Las personas en situación de desamparo también pueden estar sujetas a tutela. Esto incluye a menores que se encuentran privados de la necesaria asistencia moral o material, así como a adultos en situaciones vulnerables que no pueden cuidar de sí mismos.

En estos casos, la tutela puede ser ejercida por instituciones públicas o privadas designadas por la autoridad judicial. El objetivo es proporcionar protección y cuidado a quienes se encuentran en circunstancias de abandono o riesgo.

Es importante resaltar que la tutela debe ser siempre considerada como una medida de protección, y no como una forma de limitar los derechos de las personas. El tutor tiene la responsabilidad de velar por el bienestar del tutelado, respetando su autonomía en la medida de lo posible y promoviendo su desarrollo personal.

3. Qué es la Capacidad Judicial

La Capacidad Judicial es el término en el ámbito del derecho que hace referencia a las habilidades, predisposición o capacidad de una persona de poner de relieve sus derechos y acatar las obligaciones que tiene.

En relación a este término existen muchos otros, como la capacidad de obrar. La capacidad de obrar hace referencia a la que tiene un individuo de poder ejercer actos por voluntad que tengan que ver con procedimientos jurídicos. Para todos aquellos que tengan las capacidades judiciales limitadas, existen sistemas como la tutela que salvaguardan sus derechos.

4. Cuáles son las distintas formas de Tutela

Más allá de esos tipos, existen otras variantes que pueden ser interesantes a tener en cuenta. Dentro de las posibilidades del tutelaje, se presenta necesaria la existencia de otros mecanismos que se ajusten a las necesidades de cada caso concreto.

Una de las tutelas más conocidas es la seleccionada por los propios padres en referencia a su hijo menor de edad. Esta asignación recibe la denominación de tutela testamentaria porque se realiza en concepto de legado. No obstante, la patria potestad es superior a esta situación, por lo que el tutelaje solo se haría efectivo en la situación de la falta evidente de los dos progenitores y ante la aceptación del tutor designado.

Por otro lado, la tutela legítima hace referencia a la tutela llevada a cabo por un familiar inmediato o cercano ante el fallecimiento o ausencia total de los padres el menor de edad. En muchos casos, ante la muerte de los padres, se designa al familiar más inmediato, como un tío o un abuelo, como tutor ya que altera poco el entorno del menor y puede hacer más fácil la adaptación.

Ante la inexistencia de un familiar o un vínculo cercano que pueda ser designado como tutor, la justifica va a ser la encargada de identificar el mejor adulto para que mire y salvaguarde los intereses del menor. La forma de denominación de este tutelaje es tutela dativa.

La designación del tutor legal es un proceso crucial que tiene como objetivo proteger los intereses y el bienestar de las personas que no pueden valerse por sí mismas. Este procedimiento está regulado por el Código Civil español y requiere la intervención de un juez en todos los casos.

Proceso de designación

El proceso de designación de un tutor legal implica varios pasos:

  1. Evaluación inicial: Se realiza una evaluación de las necesidades y preferencias de la persona que requiere tutela.
  2. Examen médico: Se coordina un examen médico para fundamentar la necesidad de tutela.
  3. Preparación de documentos: Se preparan y presentan los documentos legales necesarios ante el tribunal competente.
  4. Audiencia judicial: Se lleva a cabo una audiencia en la que el juez evalúa la situación y toma una decisión.
  5. Nombramiento oficial: El juez designa oficialmente al tutor legal.
  6. Toma de posesión: El tutor designado debe tomar posesión de su cargo ante el tribunal competente.

Es importante destacar que el tribunal supervisará y controlará las acciones del tutor una vez nombrado.

Orden de preferencia

El Código Civil establece un orden de preferencia para la designación del tutor legal:

  1. La persona designada por el propio tutelado (según el artículo 223, párrafo segundo).
  2. El cónyuge que conviva con el tutelado.
  3. Los padres del tutelado.
  4. Las personas designadas en las disposiciones de última voluntad.
  5. Los descendientes, ascendientes o hermanos designados por el juez.

Sin embargo, es importante señalar que el juez tiene la facultad de alterar este orden si las circunstancias lo aconsejan. Además, la legislación autonómica puede establecer un orden de preferencia diferente.

Requisitos para ser tutor

Para ser designado como tutor legal, se deben cumplir ciertos requisitos:

  1. Capacidad legal: El tutor debe tener plena capacidad legal para ejercer sus funciones.
  2. Idoneidad: Se evalúa la idoneidad de la persona para asumir las responsabilidades de la tutela.
  3. Ausencia de conflictos de interés: El tutor no debe tener conflictos de interés con el tutelado.
  4. Voluntad de asumir el cargo: La persona designada debe estar dispuesta a asumir las responsabilidades de la tutela.

Es fundamental tener en cuenta que la designación del tutor legal es un proceso complejo que requiere una evaluación cuidadosa por parte del juez. El objetivo principal es garantizar el bienestar y la protección de la persona tutelada, respetando sus derechos y preferencias en la medida de lo posible.

La tutela legal es una institución jurídica diseñada para proteger y ejercer los derechos de personas que no pueden tomar sus propias decisiones debido a limitaciones funcionales. El tutor legal, designado por un juez, tiene ciertos derechos para cumplir con sus responsabilidades hacia el tutelado.

El tutor legal tiene el derecho de representar al tutelado en diversos aspectos de su vida. Esto incluye:

  1. Contratar en nombre del tutelado: El tutor puede firmar contratos y acuerdos en beneficio del tutelado.
  2. Solicitar beneficios gubernamentales: Tiene la facultad de aplicar a programas de asistencia social y otros beneficios en nombre del tutelado.
  3. Representación en procesos judiciales: El tutor puede demandar y defender al tutelado en juicios.
  4. Toma de decisiones sobre residencia: Tiene el derecho de determinar dónde vivirá el tutelado.

Es importante destacar que estos derechos se ejercen únicamente sobre los aspectos que el tribunal ha removido del tutelado y delegado al tutor.

Administración de bienes

El tutor legal tiene derechos significativos en la administración de los bienes del tutelado:

  1. Gestión de propiedades: Puede administrar las propiedades del tutelado, aunque requiere autorización judicial para vender, transferir o hipotecar bienes.
  2. Manejo de cuentas bancarias: Tiene el derecho de gestionar las cuentas bancarias y de inversión del tutelado.
  3. Presentación de informes financieros: El tutor debe presentar un inventario inicial y cuentas anuales al tribunal, lo que le da el derecho de acceder a toda la información financiera necesaria.
  4. Pago de deudas: Tiene la responsabilidad y el derecho de pagar las facturas y deudas del tutelado utilizando los activos de la tutela.

Sin embargo, es crucial que el tutor evite mezclar los fondos del tutelado con sus propios activos personales.

Toma de decisiones

El tutor legal tiene el derecho de tomar decisiones importantes en la vida del tutelado:

  1. Atención médica: Puede consentir tratamientos médicos o de salud mental en nombre del tutelado.
  2. Entorno social: Tiene el derecho de tomar decisiones sobre el ambiente social del tutelado.
  3. Educación: En el caso de menores no emancipados, el tutor tiene el derecho de decidir sobre su educación.
  4. Decisiones financieras: Puede tomar decisiones sobre inversiones y gastos, siempre que sean en beneficio del tutelado.

Es fundamental recordar que estos derechos conllevan grandes responsabilidades. El tutor debe actuar siempre en el mejor interés del tutelado y está sujeto a la supervisión del tribunal. El incumplimiento de sus deberes puede resultar en sanciones, incluyendo la remoción del cargo de tutor.

La tutela legal conlleva una serie de responsabilidades fundamentales que el tutor debe cumplir para garantizar el bienestar y la protección del tutelado. Estas obligaciones abarcan diversos aspectos de la vida del tutelado y requieren un compromiso constante por parte del tutor.

Cuidado personal

La obligación primordial del tutor legal es proporcionar manutención y cuidado personal al tutelado. Esto implica:

  1. Asegurar una alimentación adecuada, vestimenta y vivienda.
  2. Velar por la seguridad y el bienestar general del tutelado.
  3. Tomar decisiones sobre la atención médica, incluyendo tratamientos quirúrgicos, dentales, psiquiátricos y psicológicos.
  4. Mantener una relación de respeto y consideración con el tutelado.

Es importante destacar que el tutor debe actuar siempre en beneficio del tutelado, tomando decisiones que promuevan su bienestar físico y emocional.

Educación y formación

El tutor legal tiene la responsabilidad de garantizar que el tutelado reciba una educación adecuada y tenga oportunidades de formación. Esto incluye:

  1. Proporcionar una educación apropiada a la edad del tutelado.
  2. Asegurar que el tutelado tenga la oportunidad de aprender un oficio, ocupación o profesión.
  3. Tomar decisiones sobre la educación, formación y actividades recreativas del tutelado.

El tutor debe considerar las habilidades y preferencias del tutelado al tomar decisiones educativas, buscando siempre su mejor interés y desarrollo personal.

Rendición de cuentas

Una de las obligaciones más importantes del tutor legal es la rendición de cuentas ante el tribunal. Esto implica:

  1. Presentar un inventario de los bienes del tutelado, incluyendo deudas, créditos, cargas y activos, dentro de los dos meses siguientes a la asunción del cargo.
  2. Entregar un informe anual al tribunal que refleje la situación financiera del tutelado.
  3. Administrar los bienes del tutelado de manera responsable, protegiendo y preservando su patrimonio.
  4. Presentar una rendición de cuentas final al término de la tutela, ya sea por la mayoría de edad del menor, el fallecimiento o la recuperación de la capacidad del tutelado.

El tutor tiene un plazo de 3 meses desde el cese o terminación de la tutela para presentar esta rendición de cuentas final.

Es fundamental que el tutor mantenga registros detallados de todas las decisiones tomadas en nombre del tutelado, incluyendo la naturaleza de cada decisión, las razones que la motivaron y la fecha en que se tomó. Estos registros deben incluir copias de informes médicos u otros documentos relevantes, así como los nombres de las personas consultadas en relación con cada decisión.

El tutor legal debe ejercer sus funciones con diligencia y buena fe, actuando siempre en el mejor interés del tutelado. El incumplimiento de estas obligaciones puede resultar en sanciones, incluyendo la posible remoción del cargo de tutor.

La tutela legal conlleva una serie de limitaciones y restricciones para el tutor, diseñadas para proteger los intereses del tutelado. Estas limitaciones son fundamentales para garantizar que el tutor actúe siempre en beneficio de la persona bajo su cuidado.

Actos que requieren autorización judicial

El Código Civil español establece que ciertos actos requieren autorización judicial previa para ser llevados a cabo por el tutor. Esta medida tiene como objetivo proteger el patrimonio del tutelado y asegurar que las decisiones importantes se tomen de manera adecuada. Entre los actos que requieren autorización judicial se encuentran:

  1. Vender, donar o transferir la propiedad de bienes inmuebles o comerciales.
  2. Renunciar a herencias, donaciones o legados.
  3. Vender, donar o ceder derechos reales.
  4. Renunciar a créditos.
  5. Otorgar derechos de garantía sobre obligaciones de terceros.
  6. Firmar contratos de arrendamiento sobre propiedades por un período superior a 15 años.
  7. Aceptar o conceder préstamos o créditos.
  8. Cancelar cuentas en portales digitales.
  9. Consentir, transigir, retirar o renunciar a reclamaciones relacionadas con los bienes o derechos del tutelado.
  10. Constituir, dividir, fusionar o disolver sociedades.
  11. Asumir la condición de socio en una sociedad de responsabilidad no limitada.

Prohibiciones expresas

Existen ciertas acciones que están expresamente prohibidas para el tutor. Estas prohibiciones tienen como objetivo evitar conflictos de intereses y proteger al tutelado de posibles abusos. Algunas de estas prohibiciones incluyen:

  1. Recibir liberalidades del tutelado o de sus causahabientes mientras no se haya aprobado definitivamente su gestión.
  2. Representar al tutelado cuando exista conflicto de intereses entre ambos.
  3. Adquirir por título oneroso bienes del tutelado o transmitirle por su parte bienes por igual título.

Conflictos de intereses

Los conflictos de intereses pueden surgir cuando el tutor tiene intereses personales o financieros que pueden no alinearse con los mejores intereses del tutelado. Estos conflictos pueden ser particularmente problemáticos cuando el tutor es responsable de tomar decisiones importantes sobre el patrimonio del tutelado.

Un ejemplo de conflicto de interés se puede observar en el caso IC [2023] WASAT 33, donde la hermana propuesta como administradora era también beneficiaria del patrimonio de la madre. En situaciones como esta, el tribunal puede optar por nombrar a un tercero independiente, como el Defensor Público, para actuar como administrador limitado con responsabilidades específicas.

Es fundamental que los profesionales legales estén atentos para identificar posibles conflictos de intereses y asesorar a sus clientes en consecuencia. En casos donde surjan conflictos potenciales, es esencial considerar todas las soluciones posibles, como nombrar a un administrador diferente, crear una administración limitada o separar roles y responsabilidades entre múltiples partes.

La ley establece estas limitaciones y restricciones para garantizar que la tutela se ejerza de manera responsable y en el mejor interés del tutelado. El incumplimiento de estas limitaciones puede resultar en sanciones para el tutor, incluyendo la posible remoción de su cargo.

9. Extinción de la tutela

La tutela legal es una institución jurídica diseñada para proteger y ejercer los derechos de personas que no pueden tomar sus propias decisiones debido a limitaciones funcionales. Sin embargo, existen circunstancias en las que esta figura jurídica puede llegar a su fin.

Causas de extinción

La extinción de la tutela puede ocurrir por diversas razones:

  1. Fallecimiento del tutelado: Cuando la persona bajo tutela fallece, la tutela se extingue automáticamente.
  2. Recuperación de la capacidad: Si el tutelado recupera su capacidad para tomar decisiones y cuidar de sí mismo, la tutela ya no es necesaria.
  3. Cumplimiento de la mayoría de edad: En el caso de menores bajo tutela, al alcanzar la mayoría de edad, la tutela se extingue.
  4. Incapacidad o renuncia del tutor: Si el tutor no puede continuar con sus responsabilidades debido a problemas de salud, edad avanzada o circunstancias personales, puede solicitar el cese de la tutela.
  5. Remoción del tutor: El juez puede decidir terminar la tutela si el tutor no cumple adecuadamente con sus deberes o si existen conflictos de interés.

Proceso de cese

El proceso para extinguir una tutela implica varios pasos:

  1. Presentación de una petición formal ante el tribunal que estableció la tutela.
  2. Programación de una audiencia judicial para evaluar la situación.
  3. Evaluación de evidencias y testimonios por parte del juez.
  4. Decisión judicial sobre la extinción de la tutela.

Es importante destacar que, según la legislación española, no es posible renunciar a la tutela por mera voluntad del tutor. Se requiere una causa justificada y la aprobación del tribunal.

Rendición final de cuentas

Una vez que se decide extinguir la tutela, el tutor tiene la obligación de presentar una rendición final de cuentas. Este informe debe incluir:

  1. Un inventario detallado de los bienes del tutelado.
  2. Un registro de todas las transacciones financieras realizadas durante la tutela.
  3. Una descripción de las decisiones importantes tomadas en nombre del tutelado.

El tutor tiene un plazo de 3 meses desde el cese de la tutela para presentar esta rendición final de cuentas.

Informe Pericial sobre Tutela

En algunos casos, el tribunal puede solicitar un informe pericial para evaluar la necesidad de continuar o extinguir la tutela. Este informe puede incluir:

  1. Evaluación de la capacidad actual del tutelado.
  2. Análisis del desempeño del tutor durante el período de tutela.
  3. Recomendaciones sobre la continuidad o extinción de la tutela.

Es fundamental recordar que la extinción de la tutela debe siempre considerar el mejor interés del tutelado. El tribunal tiene la responsabilidad de garantizar que la persona anteriormente bajo tutela pueda ejercer sus derechos y tomar decisiones de manera autónoma, o que se establezcan medidas de apoyo adecuadas si aún son necesarias.

El tutor legal tiene una serie de responsabilidades fundamentales para garantizar el bienestar y la protección de la persona tutelada. Estas funciones abarcan diversos aspectos de la vida del tutelado y requieren un compromiso constante por parte del tutor.

Representación

El tutor legal tiene la autoridad para representar al tutelado en diversos aspectos de su vida. Esto incluye:

  1. Firmar contratos y acuerdos en beneficio del tutelado.
  2. Solicitar beneficios gubernamentales en nombre del tutelado.
  3. Representar al tutelado en procesos judiciales.
  4. Tomar decisiones sobre la residencia del tutelado.

Es importante destacar que estas funciones de representación se ejercen únicamente sobre los aspectos que el tribunal ha delegado al tutor.

Administración patrimonial

La administración del patrimonio del tutelado es una de las responsabilidades más importantes del tutor legal. Esto implica:

  1. Proteger y preservar los activos del tutelado.
  2. Crear un inventario detallado de los bienes del tutelado.
  3. Gestionar las cuentas bancarias y de inversión del tutelado.
  4. Presentar informes financieros periódicos al tribunal.
  5. Pagar las facturas y deudas del tutelado utilizando los activos de la tutela.

El tutor debe actuar con diligencia y prudencia en la administración del patrimonio, evitando mezclar los fondos del tutelado con sus propios activos personales.

Cuidado personal

El cuidado personal del tutelado es una función esencial del tutor legal. Esto incluye:

  1. Proporcionar alimentos, vestimenta y vivienda adecuados.
  2. Velar por la seguridad y el bienestar general del tutelado.
  3. Tomar decisiones sobre la atención médica, incluyendo tratamientos quirúrgicos, dentales, psiquiátricos y psicológicos.
  4. Asegurar que el tutelado reciba una educación apropiada y tenga oportunidades de formación.
  5. Fomentar el contacto personal entre el tutelado y sus familiares y cuidadores.

El tutor debe actuar siempre en el mejor interés del tutelado, tomando decisiones que promuevan su bienestar físico y emocional.

Es fundamental que el tutor legal comprenda que sus funciones conllevan una gran responsabilidad. Debe actuar con honestidad, integridad y confianza en todo momento, ya que sus acciones afectan directa o indirectamente casi todos los aspectos de la vida del tutelado. Al desempeñar su papel con diligencia y sensibilidad, el tutor puede proporcionar al tutelado la vida más cómoda, agradable y segura que sus recursos permitan.

11. Control judicial de la tutela

El control judicial de la tutela es un aspecto fundamental para garantizar el bienestar y la protección de las personas tuteladas. En España, el Código Civil establece los mecanismos necesarios para supervisar y controlar las acciones del tutor, asegurando que actúe en el mejor interés del tutelado.

Informes periódicos

Los tutores tienen la obligación de presentar informes periódicos al tribunal que tiene jurisdicción sobre la tutela. Estos informes son esenciales para que el tribunal pueda supervisar los asuntos del tutelado y monitorear las acciones del tutor. En general, se requiere que los tutores presenten:

  1. Un informe inicial que incluye un inventario detallado de los bienes del tutelado.
  2. Informes anuales sobre la situación personal y patrimonial del tutelado.
  3. Un informe final al término de la tutela.

Los informes anuales deben incluir una evaluación completa del estado del tutelado, incluyendo su condición médica, mental y personal. Además, deben detallar cualquier servicio de rehabilitación planificado para el próximo año. En cuanto a los aspectos financieros, el tutor debe presentar una contabilidad anual que incluya un registro detallado de todos los desembolsos realizados con los bienes del tutelado durante el año anterior, así como un estado de cuenta de todas las cuentas del tutelado en cada institución financiera donde se mantienen activos.

Autorizaciones judiciales

Existen ciertas acciones que el tutor no puede realizar sin obtener previamente una autorización judicial. Esta medida tiene como objetivo proteger los intereses del tutelado y asegurar que las decisiones importantes se tomen de manera adecuada. Algunas de las acciones que requieren autorización judicial incluyen:

  1. Enajenar o gravar bienes inmuebles, establecimientos mercantiles o derechos de propiedad intelectual e industrial.
  2. Renunciar a derechos, donaciones, herencias o legados.
  3. Dar o tomar dinero a préstamo.
  4. Celebrar contratos de arrendamiento sobre bienes inmuebles por un período superior a quince años.
  5. Disponer a título gratuito de bienes o derechos del tutelado.

Remoción del tutor

El tribunal tiene la facultad de remover al tutor de su cargo si este no cumple adecuadamente con sus deberes o si existen conflictos de interés. El proceso de remoción puede iniciarse por varias razones:

  1. Incumplimiento de las obligaciones del tutor.
  2. Notoria ineptitud en el desempeño de la tutela.
  3. Problemas graves y continuados de convivencia con el tutelado.
  4. Cuando el tutor incurra en alguna de las causas de inhabilidad.

Si el tribunal recibe una queja sobre el desempeño del tutor, puede investigar la situación y, si es necesario, celebrar audiencias para evaluar la queja. Como resultado, el tribunal puede ordenar al tutor que tome acciones específicas o, en casos graves, removerlo de su cargo y nombrar a un nuevo tutor.

Es importante destacar que el control judicial de la tutela no solo protege al tutelado, sino que también proporciona una guía y apoyo al tutor en el desempeño de sus funciones. Al cumplir con estos requisitos de informes y autorizaciones, los tutores pueden asegurarse de que están actuando en el mejor interés del tutelado y de acuerdo con la ley.

12. Responsabilidad del tutor

La responsabilidad del tutor es un aspecto fundamental en la institución de la tutela. El tutor tiene la obligación de velar por el bienestar del tutelado y administrar sus bienes de manera diligente. Esta responsabilidad se divide en tres ámbitos principales: civil, penal y administrativa.

Civil

La responsabilidad civil del tutor se extiende a los daños causados por las acciones del tutelado. Según la legislación española, los padres o tutores legales pueden ser considerados civilmente responsables por los actos ilícitos o daños causados por sus hijos menores o tutelados bajo ciertas circunstancias.

El tutor tiene la obligación de administrar los bienes del tutelado y es responsable de cualquier daño causado por sus propias acciones en esta administración. Esto implica que el tutor debe actuar con prudencia y diligencia en la gestión del patrimonio del tutelado.

Un ejemplo reciente de responsabilidad civil se observa en una decisión de la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD), donde se sancionó a un menor a pagar 5.000 euros a otro menor (y consecuentemente de forma solidaria a sus padres) por violar las normas de protección de datos. Este caso demuestra que la responsabilidad del tutor puede extenderse a las acciones del tutelado en el ámbito digital.

Penal

En cuanto a la responsabilidad penal, es importante destacar que en España la edad de responsabilidad penal se establece a los 14 años. Los menores de 14 años no son penalmente responsables de ningún delito que puedan cometer, y en estos casos se aplican las disposiciones del Código Civil español y otras leyes aplicables a la protección de menores.

Para los menores de entre 14 y 18 años, se aplica la Ley Orgánica de Responsabilidad Penal del Menor (LORPM). En estos casos, aunque el menor es responsable penalmente, el tutor puede tener ciertas responsabilidades indirectas, como la obligación de supervisar y educar al menor para prevenir conductas delictivas.

Administrativa

La responsabilidad administrativa del tutor se relaciona principalmente con el cumplimiento de sus obligaciones ante las autoridades judiciales y administrativas. Algunas de estas obligaciones incluyen:

  1. Presentar un inventario de los bienes del tutelado al tribunal dentro de los dos meses siguientes a la asunción del cargo.
  2. Informar al juez sobre cambios en el estado de salud, situación personal, familiar y sentimental, lugar de residencia y finanzas del tutelado.
  3. Presentar un informe anual al tribunal que refleje la situación financiera del tutelado.
  4. Someter a aprobación judicial las cuentas de la tutela al finalizar esta, ya sea por mayoría de edad del menor, fallecimiento o recuperación de la capacidad del tutelado.

El incumplimiento de estas obligaciones puede resultar en sanciones administrativas para el tutor, incluyendo la posible remoción de su cargo.

Es importante destacar que la AEPD ha señalado recientemente que tiene "tolerancia cero" incluso cuando los infractores son menores. Se están aplicando multas de entre 5.000 y 10.000 euros, con el objetivo de disuadir comportamientos inapropiados tanto en niños como en adultos.

En conclusión, la responsabilidad del tutor es multifacética y abarca aspectos civiles, penales y administrativos. El tutor debe actuar siempre en el mejor interés del tutelado, cumpliendo diligentemente con sus obligaciones y asumiendo la responsabilidad por las acciones del tutelado cuando la ley así lo establezca. La supervisión judicial y administrativa juega un papel crucial en garantizar que los tutores cumplan adecuadamente con sus responsabilidades.

13. Diferencias entre Tutela, Curatela y Patria Potestad

Con anterioridad hemos mencionado los términos patria potestad y tutela y puesto en relación. A ellos se suma el de cuaratela, formando un tridente conceptual en el que de base, son los tres términos idénticos, pero a la hora práctica existen ciertos matices a tener en cuenta durante el procedimiento de tutelaje.

Podríamos identificar como uno de los núcleos de conexión terminológicos la capacidad judicial. Los tres conceptos tienen que ver con la incapacidad de un sujeto de ejercer sus derechos y obligaciones por sí mismo y por extensión, la necesidad de contar con la ayuda o amparo de un tutor o cuidador.

Más que una designación tutelar, estamos hablando de un mecanismo de protección de los intereses de la persona incapacidad. Se pretende asegurar su bienestar y unas condiciones mínimas de dignidad.

Empezando por la patria potestad, este derecho es exclusivo de los padres de un menor de edad, ya que es intrínseco al momento en el que se establece la relación entre padres e hijos, es decir, tienen la responsabilidad legal sobre los menores. Si una vez que el menor alcanza la mayoría de edad tiene necesidades tutelares, serán los poseedores de la patria potestad los encargados de seguir ejerciendo este título.

Depende de la situación, es probable que un Perito Social o Psicólogo realice las evaluaciones correspondientes para asegurar los mínimos de salubridad y calidad de vida, así como bienestar familiar, en el inapacitado.

En esta misma línea, lo que difiere con la tutela en sí es la capacidad de poder designar bajo decisión del propio tutelado. De manera ajena al tipo de relación que compartan tutor y tutelado, en esta situación el individuo tutelado puede escoger quién puede ser su representante.

Finalmente, ¿qué es la curatela? Bien, este procedimiento de tutelaje se caracteriza por ser aplicado en casos de incapacidad parcial, por lo que el tutor no precisa de hacerse cargo absoluto de la situación. El individuo objeto de curatela, en términos generales, suele tener las facultades mentales intactas y por ende, capacidad de autogobierno suficiente. Por tanto, el curador solo deberá complementar las capacidades del individuo con incapacidad parcial, sin llegar a sustituirlo.

Dependiendo del caso judicial al que hagamos frente, será preciso aplicar un sistema de cuidados u otro. Por regla general suelen recetarse regímenes de tutelaje, dada la cantidad de menores en situación de abandono o exclusión social.

14. Quién es el Tutelado

No obstante, previa solicitud de un sistema de tutelajes es preciso comprender lo que es la capacidad de obrar por su relación con el proceso de tutelado. Esta facultad es la que permite a los individuos delegar sus capacidades y decisiones jurídicas por no encontrarse en condiciones de obrar propiamente.

Los susceptibles de entrar dentro de un tutelaje por tener la capacidad de obrar limitada son los jóvenes emancipados, los incapacitados o los hijos pródigos. A ellos, si hablamos de posibles tutelados, podemos sumar los siguientes supuestos:

  • Menores de edad que no actúen bajo el régimen de patria potestad, puesto que no se precisaría el tutelaje, o emancipados.
  • Personas mayores de edad que se encuentran con las capacidades mentales o físicas disminuidas o limitadas.

Es importante recordar que ante cualquier circunstancia, prevalecen los derechos asociados a la patria potestad y se prefiere la puesta en funcionamiento de este sistema por encima del de tutelaje.

15. Quién tiene la capacidad de Tutelar

Dentro de los posibles representantes que un individuo puede aceptar como tutores, es preciso comprender los efectos legales de la situación y cómo se aplica la ley ante la existencia de esta circunstancia. En términos generales, a no ser que esté estipulado de otra forma  es la autoridad jurídica, en este caso el juez, el encargado de decir la designación del tutor.

La única circunstancia, amparada por el marco legal, en la que otros pueden designar un tutor es mediante la designación previo fallecimiento de los padres. Otra forma es la testamentación o la vinculación familiar. La legislación determina el siguiente orden lógico de asignación de tutores en base a la naturaleza y alcance de la relación con el menor bajo tutela:

  • Desginación por el propio tutelado si es mayor de 12 años.
  • Cónyuge del tutelado. En estos casos, la relación horizontal que provoca el matrimonio reviste de poder a la figura de la pareja.
  • Padres del tutelado.
  • Designación por testamentación.
  • Vínculos familiares inmediatos, como los hijos, padres o hermanos.

En caso de que ninguna de las anteriores situaciones sea posible, se realizará la designación por parte del juez. ¿Cómo decide el juez el mejor individuo como tutor? Mediante el análisis de la supuesta situación de tutelaje gracias al informe pericial social.

Este informe es una valoración de la situación, utilizando las técnicas que se requieran por el perito social, para determinar la adecuación de un tutor para el menor o incapacitado objeto de la evaluación.

Qué funciones desempeña el Tutor

Una vez se ha designado al tutor como tal, se deben tener en cuenta la nueva situación a la que se enfrenta esta persona. El tutor es una figura que hace las veces de representante de identidad de la persona que no tiene capacidad judicial por sí misma.

Por tanto, existen una serie de deberes y obligaciones que deben ser ejercido por el tutor para salvaguardar los intereses y el bienestar de la persona sujeta a tutela.

  • Responder a los controles o inspecciones en calidad de supervisión de las tutelas de la manera adecuada.
  • Hacer valer los derechos del tutelado (renuncia de derechos, imposición de demandas, gestión el patrimonio, aceptación de herencias, procedimientos judiciales ordinarios...).

En el caso en el que el tutor se vea sobrepasado y decida la extinción tutelar, se contemplan las posibles causas que pueden ser motivo de justificación para eludir la responsabilidad tutelar.

  • Cumplimiento de la mayoría de edad del tutelado.
  • Fallecimiento del tutor o tutelado.
  • Reaparición de alguno de los dos padres que continúen manteniendo sus derechos de patria potestad.

Ante estas circunstancias, se deberá comentar la situación con un especialista en el tema, ya sea un abogado o un Perito Social para determinar las opciones y posibilidades.

16. Cómo solicitar una Tutela

Ante la circunstancia de necesitar encontrar la mejor persona para hacer las funciones del tutor, es posible que se asigne a un Perito Social para que evalué los aspectos de la vida del menor para determinar cuál sería la mejor situación para él.

Este perito, mediante los métodos y conocimientos adquiridos con la experiencia y los años de investigación pericial, comenzará recabando información relativa a los componentes y elementos principales de la vida del tutelado.

Es importante, durante toda la pericial, tener en cuenta las necesidades vitales del menor de edad, a fin de darle la mejor cobertura posible. Para determinar la naturaleza de las relaciones personales de los adultos de la vida del menor y este, se realizarán rondas de entrevistas cognitivas.

El objetivo de este examen es el de conseguir un marco teórico que justifique la valoración del perito judicial social a la hora de presentar el dictamen ante el juez. Este informe va a ser uno de los documentos con más peso a la hora de tomar una decisión.

Una vez el juez o la autoridad competente ha decidido quién será el tutelado, se deberá plantear un calendario de supervisión para realizar un seguimiento de las condiciones en las que queda el menor.