Si estás aquí es que has recibido nuestro presupuesto correctamente. Aunque vamos a tratar de resolverte las dudas que puedas tener, si hay algo que no entiendes o crees que es erróneo, llámanos y lo trataremos de aclarar.
Tipos de Presupuesto
Dependiendo el tipo de trabajo a realizar, puede haber varias clases de presupuesto:
- Presupuestos que incluyen estudio de viabilidad
- Presupuestos que no tienen estudio de viabilidad
Pero, ¿qué es el estudio de viabilidad?
El estudio de viabilidad es un análisis del caso que realiza el perito para saber si tendrías posibilidades reales de éxito en la reclamación.
El estudio de viabilidad puede ser de 2 tipos:
- VIABILIDAD POSITIVA. Enhorabuena, tu caso es reclamable. Podemos proceder a hacer el informe pericial (si tú quieres).
- VIABILIDAD NEGATIVA. Hay pocas o ninguna opción de reclamar con éxito, por lo que desde nuestro punto de vista, el caso no es reclamable. Entendemos que reclamar puede dar lugar a perder el juicio y conllevar un importe económico significativo.
Como ves, el estudio de viabilidad se utiliza en aquellos casos en los que existe la posibilidad de que el informe pericial emitido no sea favorable al cliente. Y para evitar que pagues por algo que no te serviría, hacemos un estudio previo del caso por un coste mucho menor. Este estudio puede ser escrito o no, dependiendo del caso.
ASPECTOS GENERALES DEL PRESUPUESTO
1. DATOS IDENTIFICATIVOS NUESTROS
Identificación fiscal de Perito Judicial GROUP, así como datos de registro.
2. DATOS IDENTIFICATIVOS TUYOS (del cliente)
Nombre del cliente y datos fiscales. A nombre de quién va la factura (no tiene por qué coincidir de para quién es el informe pericial).
3. DATOS IDENTIFICATIVOS DE TU PRESUPUESTO
Ten siempre localizado el número de expediente/presupuesto que hemos asignado a tu caso, te ayudará para realizar consultas tanto por correo electrónico como por teléfono, realizar el pago de las diferentes fases de tu caso, etc.
4. TRABAJOS A REALIZAR
Se trata de aquellas labores que vamos a realizar si aceptas tu presupuesto.
Hay 2 tipos de trabajos a realizar, dependiendo de si tiene o no estudio de viabilidad.
CASO 1. Presupuesto con estudio de viabilidad
FASE 1. ESTUDIO DE VIABILIDAD
Empezamos estudiando tu caso analizando toda la documentación que deberás enviarnos una vez aceptes el presupuesto.
En esta fase sólo tendrás que pagar el importe del estudio de viabilidad.
Si es favorable la viabilidad, pasaremos a la fase 2, siempre que tú decidas que quieres seguir
FASE 2. INFORME PERICIAL
Como el estudio de viabilidad de tu caso ha sido favorable, se podría realizar el informe pericial de tu caso. Recuerda que este informe tiene validez judicial ante una posible reclamación ante el Juzgado.
Esta fase se abona en dos partes, la primera cuando decides seguir adelante y la segunda deberás abonarla cuando te avisemos de que el informe pericial está terminado, pero siempre antes del envío del informe.
FASE 3. RATIFICACIÓN JUDICIAL
Si has llegado a esta fase, tu reclamación ha llegado al juzgado y se ha solicitado que el perito que realizó el informe lo certifique ante el juez.
Existen dos modalidades de ratificación:
- Videoconferencia – El perito ratifica el informe vía telemática, sin necesidad de desplazarse fuera de su ciudad de residencia.
- Presencial – El perito ratifica el informe en el Juzgado donde se ha tramitado la reclamación. Si el perito reside en otra ciudad distinta y debe acudir al Juzgado de otra ciudad, este servicio podría llevar recargo y los gastos de desplazamiento irán por cuenta del cliente.
La ratificación se paga una vez se haya fijado la fecha de la asistencia a juicio y siempre con antelación a la fecha del juicio.
Recuerda que, si la vista se cancela o se aplaza, deberás avisar al menos con 24 horas de adelanto, de lo contrario el servicio se daría por prestado.
En caso de que tu caso tenga bonus de éxito se abona una vez exista un acuerdo o sentencia favorable en primera instancia para importes superiores a 50.000€. El pago de este bonus deberá hacerse efectivo en un plazo de 30 días a contar desde que te paguen el importe de la sentencia condenatoria o del acuerdo.
CASO 2. Presupuesto sin estudio de viabilidad
FASE 1. INFORME PERICIAL
Recuerda que este informe tiene validez judicial ante una posible reclamación ante el Juzgado.
Esta fase se paga en dos partes, la primera cuando decides seguir adelante y la segunda deberás pagarla cuando te avisemos de que el informe pericial está terminado, pero siempre antes del envío del informe.
FASE 2. RATIFICACIÓN JUDICIAL
Si has llegado a esta fase es tu reclamación ha llegado al juzgado y se ha solicitado que el perito que realizó el informe lo certifique ante el juez.
Existen dos modalidades de ratificación:
- Videoconferencia – El perito ratifica el informe vía telemática, sin necesidad de desplazarse fuera de su ciudad de residencia.
- Presencial – El perito ratifica el informe en el Juzgado donde se ha tramitado la reclamación. Si el perito reside en otra ciudad distinta y debe acudir al Juzgado de otra ciudad, este servicio podría llevar recargo y los gastos de desplazamiento irán por cuenta del cliente.
La ratificación se paga una vez se haya fijado la fecha de la vista judicial, siempre por adelantado.
Recuerda que, si la vista se cancela o se aplaza, deberás avisar al menos con 24 horas de adelanto, de lo contrario el servicio se daría por prestado.
5. ACEPTACIÓN DE TU PRESUPUESTO
Para aceptar tu presupuesto debes responder al correo electrónico indicando tu decisión de seguir adelante. Además hay información sobre:
- IVA. Los precios indicados en tu presupuesto habría que sumarle el 21% de I.V.A., conforme a la legislación vigente.
- VALIDEZ DE TU PRESUPUESTO. Tu presupuesto tiene una validez de 30 días. Pasado este tiempo el presupuesto podría cambiar.
PREGUNTAS FRECUENTES SOBRE EL PRESUPUESTO
1. ¿Cuándo tengo que pagar el estudio de viabilidad?
El estudio de viabilidad se paga junto a la firma del contrato de servicio que debemos firmar para formalizar el encargo.
2. Si es viable mi caso, ¿se descontaría el estudio de viabilidad del precio del informe pericial?
En caso de ser viable, no se descontaría el importe del precio del informe pericial.
3. Si es viable mi caso, pero no quiero seguir adelante ¿tendría que pagar los pasos que quedan?
No, en todo momento tú decides si sigues adelante. Si decides que no quieres hacer el informe pericial, no tendrás que pagar nada más.
4. ¿Cuándo tengo que pagar el informe pericial?
Una vez quede claro que tu caso es viable, el informe pericial se abona en dos partes, la primera junto al encargo en firme y la segunda previo a la entrega del informe pericial, te avisaremos cuando esté preparado tu informe pericial.
5. ¿Cuándo tengo que pagar la ratificación?
La ratificación judicial se paga una vez sea citado el perito por parte del juzgado y al menos dos semanas antes de la fecha del juicio.
6. ¿Es obligatorio pagar la ratificación?
Si el perito es citado a declarar, sí. Ya que “está obligado” a acudir al juzgado.
7. Si no hay juicio o se suspende, ¿tengo que pagar la ratificación?
Siempre y cuando se avise al perito con tiempo suficiente (al menos 24 horas) para que no se desplace o entre a la sala telemática, no se pagaría la ratificación.
8. ¿Qué significa ratificación por videoconferencia?
La ratificación por videoconferencia es una modalidad de asistencia a juicio en la que no hace falta que el perito se desplace hasta el juzgado de tu ciudad, pudiendo defender el informe que encargaste por medios telemáticos.
9. ¿Los precios llevan I.V.A.?
A los precios indicados habría que sumarle el 21% de I.V.A. conforme a la legislación actual.
Si tienes alguna cuestión no dudes en contactarnos por email (gestion@peritojudicial.com) o bien por teléfono. Recuerda tener a mano el nº de expediente de tu caso.