El auge de las nuevas tecnologías y las situaciones adversas como las provocadas por la pandemia del COVID han sido causa del auge de la implantación del Trabajo Telemático en las empresas e instituciones.

En algunas ocasiones, la falta de regularización y el incumplimiento de las medidas laborales hacen que los empleados tengan horarios abusivos y funciones que sobrepasan sus conocimientos.

Los Peritos Laborales están capacitados para analizar tu situación y detectar posibles negligencias.



En qué consiste el Trabajo Telemático

Se basa en el trabajo fuera del establecimiento habitual mediante el uso de las tecnologías de la información y la comunicación.

Esta modalidad laboral es definida por el Real Decreto-ley 28/2020 de Trabajo a Distancia como:

Aquel trabajo a distancia que se lleva a cabo mediante el uso exclusivo o prevalente de medios y sistemas informáticos, telemáticos y de telecomunicación.

Entre los medios utilizados en el Trabajo Telemático podemos señalar:

  • Ordenador, teléfono o medios digitales
  • Conexión a internet
  • Correo electrónico
  • Sitios webs

A pesar de las numerosas ventajas que conlleva el uso de la informática, la distancia y los problemas cibernéticos pueden provocar fraudes, abusos o graves problemas tanto para los empresarios como para los trabajadores.

El trabajo de un Perito puede ser de gran relevancia para esclarecer la situación y contar con un análisis técnico sobre la relación laboral en un contrato de trabajo telemático.

Diferencia entre el Trabajo Telemático y el Trabajo a Distancia

Aunque son utilizados como términos sinónimos debemos diferenciar entre el Trabajo Telemático y el Trabajo a Distancia.

Por un lado, el Trabajo Telemático o Teletrabajo se entiende como aquel realizado a distancia utilizando exclusivamente las nuevas tecnologías . El progreso digital ha propiciado que muchas actividades empresariales se digitalicen y puedan realizarse desde cualquier lugar.

Por otro lado, el Trabajo a Distancia hace referencia a aquellas funciones laborales realizadas fuera del centro de trabajo habitual.

El Teletrabajo procede de este pero la diferencia está en que el trabajo telemático implica el uso de los nuevos medios digitales.

Riesgos Laborales del Trabajo Telemático

A pesar de los numerosos beneficios que ha supuesto la implantación del teletrabajo, también tiene aspectos negativos para empleados y empresas.

Por un lado entre los daños que puede provocar en los trabajadores podemos señalar:

Por otro lado, las pérdidas o consecuencias negativas que pueden sufrir las empresas están relacionadas con el incumplimiento de las jornadas laborales o los fraudes informáticos. Para evitarlo deben invertir en seguridad y en inspecciones constantes que evalúen el trabajo de sus empleados.

Ante los problemas que pueden sufrir los implicados en una relación contractual será necesario interponer una reclamación para resolver el conflicto. La ayuda de un Perito experto en riesgos laborales que puede suponer el trabajo telemático es de gran utilidad para evaluar  y colaborar en la búsqueda de pruebas que demuestren la situación.

Cómo funcionan los Contratos en un Trabajo Telemático

Aunque el trabajador no acuda habitualmente al establecimiento físico de la compañía ni tenga un contacto directo con jefes y otros empleados, el contrato es obligatorio y debe realizarse antes de comenzar la relación laboral.

Los contratos serán válidos tanto si se trata de un periodo temporal, indefinido o fijo.

En cuanto a aquellos contratos de teletrabajo destinados a menores de edad o contratos de prácticas existen unos requisitos. La empresa debe garantizar un tiempo mínimo del 50% en el establecimiento físico, siempre que las condiciones lo permitan.

La empresa responsable tiene la obligación de mandar una copia del contrato laboral a sus trabajadores así como a la Oficina de Empleo (SEPE) correspondiente. Para ello cuentan con un período de diez días desde que se formaliza la relación contractual.

En este vínculo entre la empresa y el empleado quedarán plasmadas las condiciones del trabajo telemático. Cuando surjan modificaciones tendrán que ser de mutuo acuerdo y ser conocidas por las partes implicadas.

La Normativa sobre el Trabajo a Distancia o Trabajo Telemático establece en su artículo 5 que:

El trabajo a distancia será voluntario para la persona trabajadora y para la empleadora y requerirá la firma del acuerdo de trabajo a distancia regulado en este real decreto-ley, que podrá formar parte del contrato inicial o realizarse en un momento posterior, sin que pueda ser impuesto en aplicación del artículo 41 del Estatuto de los Trabajadores, todo ello sin perjuicio del derecho al trabajo a distancia que pueda reconocer la legislación o la negociación colectiva.

Entre los puntos que deben ser tratados en este documento podemos señalar:

  • Inventario de los medios necesarios para el desarrollo de sus funciones
  • Gastos que el trabajador pudiera tener
  • Centro responsable y lugar donde el contratado realice sus funciones
  • Jornada laboral
  • Duración de la relación contractual
  • Medios de control empresariales
  • Procedimientos laborales si el trabajador no puede realizar sus funciones
  • Protección de datos
  • Distribución del trabajo presencial o telemático, en aquellos casos donde existiera esta combinación

Si la empresa no cumple con la formalización de un contrato en un trabajo a distancia o telemático puede ser sancionado con una infracción grave. La multa puede llegar a alcanzar hasta los 6.250 euros.

¿Consideras que la empresa no cumple con las pautas establecidas en un contrato de trabajo telemático? ¿Necesitas ayuda para analizar posibles irregularidades en el contrato? ¿El trabajador no cumple las condiciones acordadas respecto al teletrabajo?

Denuncia por Teletrabajo

Cuando surgen irregularidades en el ámbito laboral suelen surgir dudas sobre cómo reclamar. Para ello, el primer paso será intentar llegar a un acuerdo amistoso con la empresa. Cuando no sea posible será necesario interponer una reclamación exponiendo las causas o los daños sufridos a causa de la relación laboral.

Entre las principales causas conflictivas que puede surgir en relación con el Teletrabajo podemos señalar:

  • Uso excesivo de medios digitales personales o de uso propio
  • Altos gastos de luz, internet o teléfono móvil
  • Herramientas técnicas necesarias para ejercer su trabajo desde casa
  • Horarios abusivos
  • Situaciones de estrés laboral

El empleado cuenta con una serie derechos entre los que se encuentra la reclamación por los gastos generados por el teletrabajo. La empresa responsable sólo podrá negar este pago cuando los bienes adquiridos o gastados por el contratado no tienen relación con la actividad.

Qué Perito puede ayudarme ante irregularidades en el Contrato de Trabajo Telemático

Los Perito son expertos con conocimientos técnicos y legales que pueden colaborar en el tratamiento de un conflicto laboral.

Dependiendo de las características del caso podemos poner a tu disposición a un experto del peritaje u otro:

  • PERITO LABORAL: irregularidades en la relación contractual, incumplimiento de las condiciones del contrato, ausencia de contrato
  • PERITO PSICÓLOGO: estrés laboral, aislamiento, depresión, trastorno mentales
  • PERITO MÉDICO: valoración de daños corporales
  • PERITO INFORMÁTICO: robos de información, fraudes digitales, fallos en la protección de datos
  • PERITO ECONÓMICO: evaluación de gastos, estudio de la relación contractual

Preguntas Frecuentes sobre el Trabajo Telemático

Qué controles puede establecer la empresa para verificar que su empleado está trabajando

Para controlar a los empleados, la empresa podrá tomar las medidas que considere oportunas siempre que respeten los derechos de los trabajadores que ejercen sus funciones de manera telemática.

Los contratantes no podrán exigir a los empleados la instalación de programas o aplicaciones así como el uso de medios personales para el desarrollo de su trabajo.

De igual forma, el jefe o persona responsable no podrá realizar llamadas o controles fuera del horario establecido. La jornada laboral cuenta con unos límites legales que deben ser respetados. El artículo 18 de la Ley reguladora del Trabajo a Distancia señala que el trabajador tiene derecho a la desconexión digital.

¿Tienen los empleados que trabajan a distancia los mismos derechos que los que no?

SI. Los empleados que trabajan de manera telemática tienen los mismos derechos que aquellos que ejercen sus funciones dentro de la empresa.

El Real Decreto 28/2020 de Trabajo a Distancia establece que:

Las personas que desarrollan trabajo a distancia se beneficiarán de los mismos derechos que los garantizados por la legislación y los convenios colectivos aplicables a las personas comparables que trabajen o, de existir, trabajasen, en los locales de la empresa, sin que dicha modalidad de organización suponga cambio alguno en el estatus jurídico de la persona trabajadora, ni constituya causa justificativa por sí misma para modificar las condiciones laborales ni para extinguir la relación de trabajo.

De esta forma aquellos que tengan la opción u opten por trabajar desde sus hogares utilizando los medios tecnológicos tienen los mismos derechos que aquellos trabajadores que realizan las mismas funciones desde las oficinas o locales de la empresa.

Los profesionales de PJ GROUP están capacitados para estudiar el nexo de causalidad entre el dinero gastado por el trabajador y la relación con sus funciones laborales. De esta forma será posible establecer un vínculo y exigir responsabilidades. Ante la negación será necesario acudir a la vía judicial para reclamar esa cantidad económica.