El despido es la forma en la que una empresa finaliza la relación laboral que mantiene con un trabajador. La indemnización por despido que un trabajador tiene derecho a recibir en caso de despido puede variar en función de los motivos por la que se lleva a cabo. Por lo tanto, cada caso es diferente y se debe tener en cuenta todos los factores que han llevado a dicha situación.

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Qué es una indemnización por despido

La indemnización por despido es la cantidad de dinero que el empleador debe pagar al trabajador en caso de despido no justificado. Las características del derecho varían según la legislación de cada país y  el tipo de contrato de trabajo, pero por lo general la cantidad de la indemnización se realiza en proporción a la cantidad de años que lleva vigente el contrato de trabajo.

Tipos de despido:

  • Despido objetivo: Se trata de un despido por el que se extingue la relación laboral entre el trabajador y la empresa y cuyas causas pueden ser económicas, técnicas, organizativas o de producción.
  • Despido procedente: Aquellos casos en los que la empresa acredita correctamente los motivos del despido, y por tanto, las causas de la decisión entran dentro de la legalidad.
  • Despido improcedente: Se considera improcedente cuando la empresa o empresario no puede demostrar ante un juez que las causas no están debidamente justificadas, o bien, cuando las exigencias formales decretadas no se han cumplido.
  • Despido nulo: Esta situación se da cuando el despido atenta contra los derechos fundamentales del trabajador. Es decir, que se produce un despido que cuyo motivo tiene que ver con discriminaciones prohibidas por la legislación vigente.

Causas por despido objetivo:

  • Ineptitud conocida del trabajador
  • Falta de adaptación del trabajador a modificaciones técnicas en el puesto de trabajo.
  • Faltas de asistencia al trabajo, aún justificadas pero intermitentes, que alcancen el 20% de las jornadas hábiles en dos meses consecutivos, o el 25 % en cuatro meses discontinuos dentro de un periodo de doce meses.
  • Incumplimiento de contrato indefinido realizado por las Administraciones públicas o por entidades sin ánimo de lucro para planes y programas públicos.
  • Cuando, por motivos económicos, técnicos, organizativos o de producción, sea necesario prescindir de personal en plantilla. Esta circunstancia debe ser acreditada, demostrando la necesidad de reducir costes para mantener a la empresa en activo, y que despidiendo al trabajador, se obtendrá el ahorro necesario.

No se consideran motivo de despido las ausencias derivadas de:

  • Huelga general
  • Accidentes de trabajo, enfermedad o accidente no laboral cuando la baja haya sido acordada por los servicios sanitarios oficiales
  • Maternidad, riesgo por el embarazo, enfermedades a causa del embarazo, parto o lactancia
  • Tratamiento médico por enfermedad grave

Cuánto se cobra/paga la indemnización por despido

La indemnización por despido depende de dos factores: la antigüedad del trabajador en la empresa y el salario que percibe.

  • Antigüedad: La antigüedad se calcula por meses completos, es decir, si has trabajado un mes y un día, a efectos de indemnización se contabilizan dos meses. Se tiene en cuenta desde el inicio de la relación laboral, aunque éste hubiese sido mediante contratos formativos, temporales o a través de una empresa de trabajo temporal.
  • Salario regulador: El salario día a efectos de indemnización es el que corresponde al trabajador en el momento de la extinción de la relación laboral, el percibido en el último mes prorrateado con las pagas extras.

Cuando una empresa realiza un despido objetivo, tiene que pagarle, en el mismo momento de entregarle la carta de despido una indemnización de 20 días por año trabajado, con un tope de 12 mensualidades.

Si el contrato del trabajador es posterior al 12 de febrero de 2012 y el despido es declarado improcedente, la empresa puede optar entre la readmisión o pagarle al trabajador una indemnización de 33 días por año, con un tope de 24 mensualidades.

Cómo realizar el cálculo al indemnizar un despido

1. Calcular el “salario-día”
Para esto hay que recopilar las nóminas de los 12 últimos meses para ver por qué salario bruto ha estado cotizando cada mes la empresa. En el caso de no tener todas las nóminas, es recomendable pedírselas a la empresa o solicitarlas en la Seguridad Social. Una vez  se tienen los datos de los últimos 12 meses, se suman los salarios brutos de cada nómina para saber el salario bruto anual. Después se divide entre 12 para saber el salario medio mensual, y lo dividimos a su vez entre 30 para saber el salario-día.

2. Calcular el total de años trabajados
Para esto no hay que lograr un año entero, el cálculo se hace por días. A la hora de realizar este cálculo se tiene en cuenta la regla de que si se trabaja un día al mes se computa el mes entero, como si se hubiera trabajado completo.

3. Aplicar la indemnización correspondiente
Como hemos visto anteriormente, hay varios tipos de indemnización según el tipo de despido y la antigüedad del trabajador: 20 días de salario por año trabajado, 33 días por año o 45 días. Una vez que conocemos el tipo de indemnización, hay que multiplicarla por el salario diario que hemos calculado y los “años trabajados”.

La indemnización por despido improcedente

Qué es el despido improcedente

El despido improcedente se da cuando la empresa o empresario no puede demostrar ante un juez que las causas no están debidamente justificadas, así como cuando se ejecuta sin motivos justificados por la ley. Por esto, cada caso es diferente y se deben tener en cuenta todos los factores que han llevado a dicha situación.

De declararse la improcedencia del despido, la empresa deberá optar en el plazo de cinco días a una de estas opciones:

  • A readmitir al trabajador y abonarle aquellos salarios que dejó de recibir desde la fecha de despido considerado improcedente.
  • A indemnizar al trabajador. Hay que tener en cuenta que se computarán 33 días de salario por año trabajado para el tiempo trabajado con posterioridad a la aprobación de la Reforma Laboral (12 de febrero de 2012), con lo que para los contratos de trabajo celebrados con anterioridad a esa fecha se aplicarán indemnizaciones de 45 días de salario por el tiempo transcurrido antes de la citada fecha y de 33 días de salario por el tiempo transcurrido a partir de ese momento.

Casos de indemnización por despido improcedente.

Los motivos que hacen que un despido sea improcedente son:

  • Cualquier tipo de discriminación (racial, por edad, sexo y otras).
  • Vulneración de derechos fundamentales.
  • Vulneración de libertades públicas.
  • Merma de las condiciones de los representantes de los trabajadores.
  • Razones relacionadas con los derechos de maternidad y conciliación de la vida laboral y familiar.

La indemnización por despido y el IRPF

Todo despido conlleva una disminución patrimonial para la persona que lo sufre. Por lo tanto, hay que tener en cuenta los impuestos que se podrían llegar a pagar debido a la indemnización recibida.

Requisitos para que proceda la exención de la indemnización de despido en el IRPF

  1. La indemnización por despido no debe superar la cuantía máxima prevista en el Estatuto de los Trabajadores. La indemnización por despido improcedente será de 33 días de salario por año de servicio, si el contrato se formalizó antes del 12 de febrero de 2012 la indemnización será de 45 días por año y si es posterior a dicha fecha 33 días por año. Por contra, cualquier indemnización por despido superior a lo que obligatoriamente corresponda con base en lo establecido en el ET estará sujeta al pago del IRPF.
  2. La indemnización por despido no debe superar la cantidad de 180.000 euros, si esto ocurre, el excedente de esa cantidad tributará en el IRPF.
  3. Para que la Agencia Tributaria reconozca que la indemnización por despido está exenta del IRPF es necesario que “el reconocimiento de la improcedencia del despido se produzca en el acto de conciliación ante el Servicio de Mediación, Arbitraje y Conciliación” (SMAC)
  4. Debe existir una verdadera desvinculación por parte del empleado con la empresa.

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