Qué es la liquidación de sociedad de gananciales
La liquidación de sociedad de gananciales consta de aquellas operaciones particionales que son necesarias para dividir el patrimonio ganancial generado durante el matrimonio, tanto en deudas como derechos. Su correcta realización puede requerir de profesionales como Perito Economista y Perito tasador, que valoren los bienes muebles, inmuebles e incluso intangibles.
La liquidación de la sociedad de gananciales implica una serie de operaciones necesarias para determinar, en primer lugar, si existen o no bienes gananciales, y en caso de existir, cuál será la distribución de estos entre los cónyuges.
Existen además dos factores importantes cuando nos encontramos ante una liquidación de sociedad de gananciales:
- La existencia de hijos en el matrimonio, que incidirá en el reparto de los diferentes bienes.
- La posibilidad de llegar a un acuerdo, que determinará el tiempo que va a prolongarse dicho procedimiento.
Procedimiento de la liquidación de sociedad de gananciales
El procedimiento de la liquidación de sociedad de gananciales se divide en dos fases:
- Formación de inventario y determinación de los bienes y derechos que integran el activo y el pasivo.
- Fase de liquidación o pago de las deudas, partición y adjudicación de los bienes.
1. Formación del inventario y determinación de los bienes y derechos
El inventario reúne los bienes y deudas de la sociedad y está dividido en bienes activos o pasivos:
Bienes Activos:
- Los obtenidos por el trabajo de cualquiera de los cónyuges.
- Rentas que produzcan los bienes privativos y gananciales.
- Los adquiridos a título oneroso de forma común de los cónyuges.
- Empresas y establecimientos fundados durante la vigencia de la sociedad por cualquiera de los conyugues.
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Bienes pasivos:
- Las deudas pendientes a cargo de la sociedad.
- El importe de los créditos de los cónyuges.
Una vez se hayan determinado cuales son los bienes activos y pasivos, se realiza la segunda fase:
2. Fase de liquidación o pago de las deudas
Cualquiera de los conyugues puede solicitar la liquidación del régimen económico matrimonial una vez que el inventario haya concluido con una resolución firme.
El siguiente paso es el pago de las deudas de carácter ganancial, tanto a terceros como a los cónyuges. A partir de aquí, se procede al reparto de los bienes entre los dos conyugues.
Para esto debe realizarse una propuesta de liquidación en la que aparecerá la división de los bienes. Una vez admitida la solicitud de liquidación, los conyugues deberán comparecer ante el secretario judicial dentro de un plazo de diez días, con el objetivo de alcanzar un acuerdo o, por el contrario, designar un perito para llevar a cabo la división de bienes.
Requisitos para liquidar la sociedad de gananciales
Para que se produzca la liquidación de la sociedad de gananciales deben darse algunos requisitos:
- El activo y el pasivo deben de estar delimitados
- Debe darse el procedimiento judicial de liquidación de la sociedad de gananciales
- La fase de formación de inventario y de valoración y adjudicación son necesarias. Estas fases se pueden propiciar los siguientes casos:
- Que el cónyuge no acuda a comparecer el día indicado: En este caso, y una vez formado el inventario, si cualquiera de los cónyuges no comparece el día indicado, se dará por hecho que está conforme con la propuesta que haya señalado el cónyuge que haya comparecido.
- Que el cónyuge no esté de acuerdo con el reparto: En este caso se debe nombrar un perito contador-partidor para que valore los bienes en los que no hay acuerdo y proponga un reparto de estos.
Plazo de liquidación de sociedad de gananciales
No es obligatorio realizar la liquidación de sociedad de gananciales, se deja a voluntad de los cónyuges. Por lo tanto, no existe un plazo legal para iniciar el procedimiento de liquidación.
Sin embargo, lo más común es que se realice durante o con posterioridad al divorcio.
En caso de que se tome la decisión de realizarla tras el divorcio, se debe iniciar un nuevo procedimiento judicial llamado Régimen Económico Matrimonial.
Por otro lado, si a la hora de divorciarse no se realiza, pero después una de las partes quiere vender propiedades matrimoniales a terceros, tampoco es obligado que se realice, siempre que sea decisión de los dos cónyuges y se repartan los beneficios de venta.
Modelo de liquidación de sociedad de gananciales.
El modelo de la liquidación de sociedad de gananciales consta de:
- Datos personales de los cónyuges: Nombre, DNI y dirección de ambos.
- Fecha en la que se produjo el matrimonio y exposición de que ambos de están de acuerdo en realizar la liquidación de sociedad de gananciales.
- Inventario y avalúo: Separación de los bienes en activo y pasivo y valoración de un importe total en euros.
- Liquidación y determinación de haberes: Se delimita que cantidad correspondiente a cada cónyuge.
- Adjudicaciones: Se adjudica a cada cónyuge los bienes inventariados.
- Firma de ambas partes en el cuaderno particional.
Casos concretos de la liquidación de sociedad de gananciales
1. Liquidación de la sociedad de gananciales en caso de herencia
Antes de proceder al reparto de una herencia, es precioso liquidar los gananciales si el fallecido estaba casado bajo este régimen económico matrimonial.
El objetivo de esto es determinar el patrimonio de la persona fallecida, compuesto tanto por bienes como por deudas.
Cuando se realiza, el patrimonio hereditario tiene que estar integrado por:
- Los bienes gananciales del fallecido
- Los bienes privativos del fallecido (otras herencias o donaciones)
- Las deudas y las cargas.
En caso de que no haya un acuerdo entre los herederos, habrá que acudir al procedimiento de división de herencia, regulado por la Ley de Enjuiciamiento Civil.
2. Liquidación de gananciales en caso de divorcio
- Si hay mutuo acuerdo en el proceso de liquidación y disolución de los bienes gananciales entre los cónyuges, se aprobará mediante el Decreto dictado por el letrado de la Administración de Justicia o la sentencia dictada por el Juez. En este caso, bastará con compadecer ante Notario para otorgar escritura a dicha liquidación de sociedad de gananciales.
- Si no hay mutuo acuerdo entre los cónyuges sobre la liquidación de gananciales, se realizará un procedimiento más costoso que recibe el nombre de liquidación del régimen económico matrimonial, que consta de la fase de formación de inventario y la fase de liquidación.
3. Liquidación de gananciales sin divorcio
La liquidación de la sociedad de gananciales puede tener su origen por un acuerdo entre los cónyuges para cambiar el régimen económico matrimonial. Este proceso puede realizarse por dos vías:
- Por acuerdo extrajudicial, con una escritura pública que refleje el acuerdo.
- Por el acuerdo judicial de mutuo acuerdo, presentando un convenio regulador ante el Juzgado.