En el momento en el que se tiene conocimiento público de la existencia de un cártel de fabricantes de automóviles todo poseedor de un coche se hace la siguiente pregunta: ¿seré yo uno de los afectados?
Verse damnificado por las prácticas monopolísticas de estos grupos empresariales puede haber supuesto que el perjudicado pagase un precio superior al que debiera durante la adquisición de un producto o servicio.
Por ello, en el siguiente artículo respondemos a las cuestiones más generales sobre este proceso, a fin de facilitar a los damnificados la identificación y dar respuesta a preguntas recurrentes como es la de: ¿me merece la pena seguir con la reclamación?
Quién puede reclamar por el Cártel de Coches
Hay que tener en cuenta a la hora de iniciar un procedimiento de reclamación los distintos requisitos necesarios para formar parte de la parte demandante. El requisito esencial es haber interactuado de forma comercial, por ejemplo a través de una transacción o del contrato de un servicio, con alguna de las marcas de fabricantes de coches que conformaban el cártel.
El cártel estaba conformado por distintas marcas que actuaron entre 2006 y 2013. Además, se ha publicado un listado público de los concesionarios partícipes en las malas prácticas, por lo que lo esencial es identificar si el local comercial al que se ha acudido es una de las vías utilizadas por el cártel de fabricantes de coches. Una vez nos hemos cerciorado de la pertenencia al sector de afectados y damnificados por el cártel de coches, pasamos a la reclamación con la ayuda de un perito economista y un abogado.
Existen dos clases de afectados, los clientes indirectos y los clientes directos y a la hora de la reclamación hay que tener en cuenta a cuál de los dos grupos se pertenece. Los clientes o consumidores directos son los que compraron o contrataron de manera directa con el concesionario o la empresa en el momento en el que el cártel estaba activo.
Períodos de afección por marca de coches
En la siguiente tabla se pueden observar los periodos de cada empresa en los que estuvo compartiendo información comercial sensible:
FECHAS DE PERTENENCIA DE LAS MARCAS EN CÁRTEL DE COCHES | ||
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MARCA | FECHA DE INICIO | FECHO DE FIN |
ALFA ROMEO | Febrero 2006 | Agosto 2013 |
B-M | Marzo 2010 | Agosto 2013 |
BMW | Junio 2008 | Agosto 2013 |
CHEVROLET | Febrero 2006 | Agosto 2013 |
CHRYSLER | Abril 2008 | Julio 2010 |
CITROEN | Febrero 2006 | Julio 2013 |
DODGE | 2010 | 2013 |
FIAT | Febrero 2006 | Agosto 2013 |
FORD | Febrero 2006 | Julio 2013 |
HONDA | Abril 2009 | Agosto 2013 |
HYUNDAI | Marzo 2010 | Agosto 2013 |
JEEP | 2008 | Verano 2013 |
KIA | Marzo 2007 | Noviembre 2012 |
LANCIA | Febrero 2006 | Agosto 2013 |
LEXUS | 2007 | 2013 |
MERCEDES - BENZ | Marzo 2010 | Febrero 2011 |
MINI | Junio 2008 | Agosto 2013 |
MITSUBISHI | 2010 | 2013 |
NISSAN | Junio 2008 | Agosto 2013 |
OPEL | Febrero 2006 | Julio 2013 |
PEUGEOT | Febrero 2006 | Julio 2013 |
PORSCHE | Junio 2010 | Agosto 2013 |
RENAULT | Febrero 2006 | Julio 2013 |
SAAB | 2006 | 2009 |
SEAT | Febrero 2006 | Enero 2013 |
SKODA | 2008 | 2013 |
SMART | Marzo 2010 | Febrero 2011 |
TOYOTA | Febrero 2006 | Agosto 2013 |
VOLKSWAGEN | Octubre 2008 | Junio 2013 |
VOLVO | Marzo 2010 | Agosto 2013 |
Qué pasa con los compradores indirectos de vehículos afectados por el Cártel de Coches
Los clientes (o afectados) indirectos son aquellos que han adquirido un producto o servicio de segunda mano, pero que también estaba afectado por el cártel de fabricantes. Esta situación puede darse por ejemplo cuando se compra un coche de segunda mano y dicho coche fue vendido en un primer momento por uno de los concesionarios del cártel de coches.
Esta circunstancia produce que el precio de venta del coche de segunda mano esté condicionado por el precio por el que se adquirió. Como hemos visto, el precio de adquisición estaba sobredimensionado por las malas prácticas ejercidas por el Club de las Marcas, por lo que la valoración de mercado del automóvil estaba corrompida.
¿Merece la pena reclamar por el cártel de coches?
Como casi siempre, la respuesta es "depende".
Depende de cada circunstancia. No obstante, no existe ninguna contra ventaja puesto que si su perfil no es el adecuado para la presentación de una demanda o reclamación no sería necesario continuar con el problema.
Por ejemplo, no es la misma duda la que puede tener un comprador particular que se ha visto afectado en poco que una empresa de transportes cuya flota de automóviles fue comprada a una de las empresas del cártel de fabricantes de coches. El segundo dueño tendrá más posibilidades de percibir una indemnización económica de grandes dimensiones porque se ha visto afectado en mayor medida.
La respuesta a este pregunta puede ser respondida por el perito economista. Los peritos economistas tiene la capacidad de realizar un análisis somero de la situación previo inicio de la investigación pericial. A esta fase se le llama estudio de viabilidad y tiene por objeto la determinación estimada de la tasa de éxito a la hora de iniciar el procedimiento de reclamación.
El experto tendrá en cuenta las distintas contingencias y en base a ellas establecerá las distintas posibilidades y probabilidades durante el proceso judicial, a fin de que el cliente lo emprenda con la mayor información posible.
Si tienes dudas sobre este proceso, puedes contar con nosotros en PJ GROUP y te asesoraremos para tu situación concreta. Además, contamos con una amplia cartera de profesionales del peritaje económico que pueden orientarte durante tu reclamación.