El delito de injurias es una acción como un delito que atenta contra el honor, la intimidad, la dignidad, la fama y/o la credibilidad de las personas, especialmente cuando es injusto y considerablemente publicado. Siendo labor del letrado, principalmente, evaluar el alcance y clasificación de la misma.


1. Qué es un delito de injurias

El delito de injurias se define como la acción o expresión que atenta contra la dignidad de otra persona, menoscabando su fama o lesionando su propia estimación. Ciertamente, sólo serán constitutivas de delito las injurias que sean consideradas en el concepto público como graves, según su naturaleza, efectos y circunstancias.  La injuria supone una manifestación de una persona que afecta la dignidad de otra o perjudica su reputación.

2. Denunciar una injuria

Para denunciar una injuria u otra acción lesiva para la dignidad y hacer caer la responsabilidad al individuo o individuos responsables, es necesario presentar la correspondiente querella criminal, que es la acusación presentada ante un juez o tribunal competente, ya que este tipo de delitos son privados y no se persiguen de oficio. Si la ofensa es contra un funcionario público, agente o autoridad del estado, refiriéndose la injuria a hechos relacionados con el desempeño de sus cargos, será suficiente presentar una denuncia.

Es importante saber que el responsable del delito puede quedar libre de toda responsabilidad penal si la persona ofendida o su representante legal actuando en su nombre le perdonan. Este acto de perdón debe realizarse de forma expresa y ser previo al inicio de la ejecución de la pena. Asimismo, si el acusado de un delito de injurias reconoce ante la autoridad judicial que las afirmaciones denigrantes son efectivamente falsas y se arrepiente de su acción, el Juez le impondrá la pena inferior.

Delito de injurias en el código penal

El delito de injurias se encuentra registrado bajo el Artículo 208 de la Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre del Código Penal. Sólo serán constitutivas de delito las injurias que, por su naturaleza, efectos y circunstancias, sean calificadas como graves.

  1. Las injurias son castigadas con pena de 3 a 6 meses,
  2. Las injurias as graves hechas con publicidad (por medio de la imprenta, radio o similar) pena de 6 a 14 meses.

El Código Penal afirma que:

“Las injurias que consistan en la imputación de hechos no se consideran graves, salvo cuando se hayan llevado a cabo con conocimiento de su falsedad o temerario desprecio hacia la verdad”.

3. Tipologías: injurias, calumnias y difamación

Otro delito que atenta contra el honor de las personas es el delito de calumnias. La calumnia supone que una persona le imputa a otra un delito sabiendo que es una acusación falsa. Si el presunto acusado demuestra su inocencia en el delito que se le atribuye, quedará exento de toda responsabilidad. El individuo que comete la pena de calumnia será castigado con multa de 4 a 10 meses, y si es con publicidad, con multa de 6 a 24 meses o prisión de 6 meses a 2 años.

Por otro lado, la difamación es la difusión de informaciones falsas que afectan el honor de otra persona. La diferencia entre una calumnia, una difamación y una injuria es que la calumnia pretende causar una pena legal al acusado, la difamación pretende dañar la imagen del acusado, y la injuria pretende ofender la dignidad del acusado.

1. Delitos de injurias por Internet

Cuando un individuo se excede en el ejercicio de su libertad de expresión para publicar comentarios ofensivos y humillantes contra otra persona, se convierte en delito. Algunas opiniones por redes sociales, páginas web o foros pueden sobrepasar los límites y atacar el honor y la dignidad, convirtiéndose en un delito de injurias. En este sentido, injuriar o calumniar por la red supone dar publicidad a estas agresiones, convirtiéndose en un delito grave.
Lo que puede requerir de un Perito Informático especialista en el medio de difusión para analizar los hechos, responsable y grado de culpabilidad.

2. Delitos de injurias por violencia de género

Respecto a las vejaciones injustas de carácter leve cometidas contra la esposa o pareja, aun sin convivencia (y también sobre cualquier persona integrada en el núcleo familiar), no se requiere el requisito de la denuncia del ofendido, y el perdón no extingue la responsabilidad del culpable. Las injurias leves en el ámbito doméstico se regulan en el Artículo 173.4 del Código Penal.

4. Cuándo prescribe el delito de injurias

Con la reforma del Código Penal de 2015 se establece que el plazo de prescripción del delito de injurias y calumnias junto con la prescripción de los delitos leves, será de un año. El Artículo 131 del Código Penal establece los plazos de prescripción de los delitos, comenzando el plazo de prescripción desde la comisión del delito, y se interrumpe, quedando sin efecto el tiempo transcurrido, cuando el procedimiento se dirija contra la persona presuntamente responsable del delito, comenzando a contar de nuevo desde que se paralizó el procedimiento o termine sin condena.

5. Cómo demostrar una injuria o calumnia

Para poder presentar una querella contra el infractor es muy importante recabar pruebas que demuestren la falsedad de la injuria o calumnia:

  1. Testimonios de personas que hayan sido testigos de las acusaciones.
  2. Grabaciones de conversaciones. Siendo crucial mantener la cadena de custodia de la prueba de cara a mantener su inviliolabilidad.
  3. Pantallazos de mensajes, correos electrónicos o similares.
  4. Noticias de prensa o publicaciones en redes sociales acerca del tema en cuestión.
  5. Informes psicológicos que prueben, si hay, daños en la persona afectada. Siendo principalmente labor del Perito Psicólogo.

Antes de interponer una querella, es importante la figura de un Perito Social o informático para que estudie la viabilidad de las pruebas a fin de probar el delito.