Un Perito Judicial Tributario especialista en Inspección de Hacienda analiza los procedimientos de la Agencia Tributaria para detectar irregularidades e imponer sanciones.

El Perito analizará el tipo de calificación de la sanción (leve, grave o muy grave), y si se dan los siguientes 5 supuestos necesarios:

  1. Acción/Omisión
  2. Incumplimiento de leyes
  3. Recogida en la legislación
  4. Voluntariedad
  5. Culpabilidad
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Perito en INSPECCIÓN DE HACIENDA

Los Peritos expertos en Inspecciones de Hacienda, son contables expertos, que pueden determinar si las reclamaciones o requerimientos de la Agencia Tributaria son procedentes, o si por lo contrario exigen cantidades por encima de lo que dice la Ley.

Muchas veces, se trata de hacer una contrapericial que analice (y rechace) el posible fraude desde otro punto de vista, y evalúe la situación contradiciendo el diagnósticos de la AEAT. Ahorrándonos así una gran cantidad de dinero, si así lo considera el juez.

Además, el Perito puede analizar si los métodos empleados por la AEAT son los adecuados según la legislación vigente, o ha podido cometer algún tipo de error formal.

Nuestros Peritos en Inspección de Hacienda, pueden proporcionar información valiosa para los casos de áreas financieras como:

  • Contabilidad forense
  • Impuestos
  • Inversiones en inmovilizado
  • Inversiones fraudulentas
  • Informes financieros
  • Operaciones bancarias
  • Economía
  • Pérdida de beneficios

Además de otras disciplinas, que pueden llegar a ser objeto de litigio por una inspección irregular.

Nuestros Peritos especialistas en Inspeccion de Hacienda tienen experiencia en el examen de documentos, ya que puede contener pruebas de irregularidades financieras o de situaciones que no suponen ninguna violación normativa.

Tipos de Infracciones por Inspecciones de Hacienda

Estudiaremos la clasificación de las sanciones y multas que puede imponer la Agencia Tributaria, para analizar si se considera adecuado recurrirlas.

La base de la sanción será la cuantía no ingresada por comisión de la infracción.

  1. SANCIÓN LEVE. Multa proporcional del 50%.
    La sanción es inferior o igual a 3.000 €
    La sanción es superior a 3.000 € y no exista ocultación.
  2. SANCIÓN GRAVE. Multa proporcional del 50% al 100%.
    La sanción es superior a 3.000 € y existe ocultación.
    Cuando se detecten facturas, justificantes o documentos falsos, o por la llevanza incorrecta de los libros o registros.
  3. SANCIÓN MUY GRAVE. Multa proporcional del 100% al 150%.
    Se haya detectado fraude.
    Dejar de ingresar cantidades retenidas o ingresos a cuenta repercutidos.