Qué es la incautación de drogas

El delito de tráfico de drogas incluye actos de cultivo, de elaboración y de tráfico o cualquier otra actividad que favorezca o facilite el consumo ilegal de drogas, y un perito criminalista puede ser fundamental para su análisis..

La incautación de drogas queda recogida en el Art. 374 del Código Penal, que incluye drogas tóxicas, estupefacientes o sustancias psicotrópicas. En este se recogen los siguientes supuestos:

  • Las drogas, estupefacientes y sustancias psicotrópicas podrán ser destruidas por la autoridad administrativa bajo cuya custodia se encuentren. Esto se llevará a cabo una vez que se realicen los informes pertinentes y hayan sido guardadas varias muestras de las misma, salvo que la autoridad judicial competente haya ordenado su conservación íntegra. Una vez que la sentencia sea firme,  se procederá a la destrucción de una parte o totalidad de las muestras.
  • Para garantizar la efectividad de la incautación, los bienes, medios, instrumentos y ganancias podrán ser detenidos o embargados por la autoridad judicial
  • La autoridad judicial podrá acordar que si la sustancia incautada, si fuese de lícito comercio, podrá ser utilizada provisionalmente por la Policía Judicial encargada de la represión del tráfico ilegal de drogas.

Los bienes incautados podrán ser transferidos, sin esperar el pronunciamiento de firmeza de la sentencia en los siguientes casos:

-        Cuando el propietario haga expreso abandono de ellos.

-        Cuando su conservación pueda resultar peligrosa para la salud o seguridad pública.

Una vez sean incautados definitivamente por sentencia, no podrán ser utilizados a la satisfacción de las responsabilidades civiles derivadas del delito, sino que serán adjudicados íntegramente al Estado.

Condenas por drogas incautadas

Según el Ministerio de Sanidad, Consumo y Bienestar Social, en el Código Penal de España, se castigan como delitos el cultivo, la elaboración, el tráfico ilícito y la posesión , así como actividades que promuevan, favorezcan o faciliten su consumo legal.

Existen tres modalidades de tráfico de drogas, cada una con una condena diferente:

Modalidad de tipo básico.

  • Drogas que no causan graves daños para la salud: Prisión de 1 a 3 años y multa.
  • Drogas que causan graves daños para la salud: Prisión de 3 a seis años y multas.

Modalidades agravadas.

Son aquellas que forman parte de la modalidad básica, pero que debido a circunstancias concretas, se consideran más graves que la modalidad básica y por ello su pena es mayor. Algunos casos de este tipo son los siguientes:

  • Si el culpable es un funcionario o profesor que se aprovecha de su profesión para llevar a cabo el delito.
  • Si la droga se facilita o se utilizan a menores de 18 años o disminuidos psíquicos.
  • Si las personas que han cometido el delito pertenecen a una organización delictiva.

En este tipo de modalidad las condenas son las siguientes:

  • Drogas que no causan un grave daño para la salud: Prisión de 3 a 4 años y medio y multa.
  • Si causa un daño grave para la salud: Prisión de 6 a 9 años y multa.

Droga para el autoconsumo

Para saber si la droga es realmente para el autoconsumo, los jueces atienden principalmente a la cantidad. También tienen en cuenta distintos indicios o circunstancias que revelan si la droga estaba destinada al tráfico y por tanto, si se trata de un delito de tráfico de drogas y puede procederse a su incautación. Por ejemplo,   si se ha encontrado junto a la droga instrumentos para cortarla o prepararla para su distribución (balanzas de peso…)

Procesos de incautación y análisis

El proceso de incautación cuenta con las siguientes fases:

  1. Instrucción de atestados: Se realizará una información detallada relativa al tipo de sustancia incautada (descripción, peso, numeración…).
  2. Toma y recogida de muestras:  Se recogen las muestras necesarias para realizar un análisis e inmediatamente después se procede a su etiquetado.
  3. Puesta a disposición judicial y solicitud de destrucción: Una vez realizado el muestreo y etiquetado, se pone a disposición del Juzgado competente.
  4. Análisis de la muestra: Una vez realizado, se realizará un informe pericial.
  5. La cadena de custodia: Se reflejan aquí las personas que han intervenido en cada momento y lugar, en los diferentes procesos por los que ha pasado la muestra, para acreditar y asegurar la cadena de custodia.
  6. La destrucción de la droga.

Consecuencias legales del tráfico de drogas.

En caso de determinarse que la cantidad de droga incautada tenía como fin último su comercio, se tendrá en cuenta la cantidad:

-        Si se trata de una cantidad menor, podría imponerse una pena atenuada que, en caso de carecer de antecedentes penales, no supondría la entrada a prisión.

-        Si pertenece a una organización delictiva, la pena oscila entre los 9 y 12 años de prisión y una multa equivalente al cuádruplo del valor de la droga.

La mera posesión de drogas no se considera delito siempre que las sustancias poseídas no estén destinadas al tráfico ilegal. Las sanciones administrativas por tráfico de drogas oscilan con multa de 601 hasta 30.000 euros por:

  • Consumo de drogas tóxicas, estupefacientes o sustancias psicotrópicas, aunque no estuvieran destinadas al tráfico, en lugares, vías, establecimientos públicos o transportes colectivos, así como el abandono de los instrumentos utilizados para ellos en dichos lugares.
  • El traslado de personas, con cualquier tipo de vehículo, con el objetivo de facilitar a estas el acceso a drogas tóxicas.
  • Actos de plantación y cultivo ilícitos de drogas tóxicas, estupefacientes o sustancias psicotrópicas en lugares visibles al público.
  • La tolerancia al consumo ilegal o el tráfico de drogas, estupefacientes o sustancias psicotrópicas en locales o establecimientos públicos o la falta de diligencia en orden a impedirlos por parte de los propietarios del mismo.

El perito y los procesos de incautación de drogas

La prueba pericial en los procesos de incautación de drogas tiene una gran importancia, ya que sirve como mecanismo para introducir en el proceso de la incautación hechos de naturaleza técnica que no pueden ser interpretados directamente por el Juez.

Durante el proceso, informe pericial no introduce hechos nuevos en el debate procesal y el perito actúa como un colaborador del Juez, que interpreta hechos desde la perspectiva de la ciencia. Si necesita un perito especializado en drogas, no dude en contactarnos.