En estas fechas, los ERTE están cobrando gran relevancia por la aparición del Coronavirus (COVID-19), como la figura que puede ayudar a salvar miles de empresas. Pero, ¿es siempre legal un ERTE? Y, ¿realmente se está protegiendo al trabajador? Veremos la doble necesidad de un informe pericial económico para poder poner en funcionamiento el ERTE e incluso para reclamar si se vulneran derechos del trabajador.

En el artículo analizamos las posibilidades de regulación de contratos laborales. Destacando los Expedientes de Regulación Temporal de Emplero (ERTE) y su relación con los ERE.

Ante una situación financiera drástica, las empresas hacen uso de dichos mecanismos para evitar pérdidas económicas y proteger a los trabajadores. No obstante, la aplicación de estas medidas puede requerir de una justificación "extra" por parte de las empresas (para demostrar que no se trata de un ERE encubierto), o una reclamación por parte de los trabajadores afectados. En ambos casos se requiere un informe pericial por parte de un Perito Economista.



QUÉ ES UN ERTE

La legislación española regula ciertos supuestos a los que se pueden acoger las empresas de forma temporal y justificada. El ERTE o Expediente de Regulación Temporal de Empleo es uno de ellos y se basa en la suspensión de los contratos temporales o la reducción de la jornada de estos.

Este supuesto se encuentra recogido principalmente en el artículo 47 del Real Decreto Legislativo 1/1995, por el cual se establecen este tipo de expedientes en situaciones que comprometan el motor económico de la empresa, su organización o producción como consecuencia de una fuerza mayor de carácter temporal.

Entre las causa económicas podemos encontrar la existencia de pérdidas severas como consecuencia de una disminución de los ingresos o las ventas. En cualquier caso, estas pérdidas deberán darse durante al menos dos trimestres consecutivos.

Los cambios en la organización y en la producción también son sustanciales a la hora de afectar a una empresa y pueden darse mediante cambios en los sistemas de trabajo o de los servicios o productos que ofrece una empresa en el mercado.

Al mismo tiempo, debemos tener en cuenta que este tipo de medidas no solo pueden derivar en un despido temporal, sino que también pueden conllevar una reducción de la jornada laboral. Bajo esta premisa, podemos entender como reducción de la jornada laboral una disminución de entre el diez y el setenta por ciento de la jornada laboral respecto a la que el trabajador tenía de forma diaria, semanal, mensual o anual. Durante este tipo de ERTE, el de reducción de la jornada laboral, no se deberán trabajar horas extras salvo que sea un caso excepcional, dada la naturaleza de este tipo de expediente de regulación de empleo temporal. Al mismo tiempo, debemos saber que los trabajadores que se encuentren ante una situación de reducción de jornada laboral están al mismo tiempo en situación de desempleo de forma totalmente legal.

Diferencias entre un ERE y un ERTE

Una vez establecido el papel de un ERTE y en qué consiste, podemos pararnos a hablar de los famosos ERE. Este tipo de expedientes de regulación de empleo son mucho más comunes. No obstante, existen diferencias muy notables:

  1. Por un lado nos encontramos con la diferencia más evidente. Un ERTE es temporal, es decir, el trabajador podrá volver a su puesto de trabajo tras el ERTE mientras que, el ERE tiene carácter definitivo.
  2. Los ERTE no necesitan de un mínimo de trabajadores. Para que exista un ERE debe afectar a 10 trabajadores de aquellas empresas que tienen al menos 100 trabajadores, al 10% de los empleados de aquellas empresas que tienen entre 100 y 300 trabajadores o a 30 de las empresas que tienen al menos 300 personas.
  3. Respecto a  las indemnizaciones, en el caso de los ERTE, los empleados no cobrarán ninguna indemnización por parte de la empresa. Aquellos empleados que hayan cotizado al menos 360 días podrán optar a prestación por desempleo. Por otra parte, en el ERE si hay indemnización, ya que la empresa negocia un dinero a cambio de la salida de la empresa del empleado.
  4. El plazo de consultas entre los representantes sindicales de los trabajadores en un ERTE es de cómo máximo 15 días, mientras que, en el caso de los ERE el plazo es de 30 días. En los ERTE, estos plazos pueden suspenderse bajo causa de fuerza mayor y que las instituciones de trabajo puedan decidir su aprobación en un plazo de apenas unos días.

ERTE EN SUPUESTOS DE FUERZA MAYOR

Como hemos comentado en el apartado anterior, existen cierto tipo de causas temporales de fuerza mayor. Se entiende por causas temporales de fuerza mayor aquellas como consecuencia de algún tipo de catástrofe, inundación, desperfecto severo o suceso externo que afecte directamente a la empresa de forma ajena y que no haya podido ser evitada.

Estos supuestos de fuerza mayor deberán ser acreditados por la autoridad laboral. Este procedimiento se realizará por medio de la solicitud de la empresa a dicha autoridad laboral y las pruebas que determinen que la causa puede ser considerada de fuerza mayor. La empresa deberá informar tanto a los trabajadores como a los representantes de estos.

En estos supuestos de fuerza mayor en los que se realice un ERTE, el trabajador se encontrará en situación de desempleo de forma totalmente legal. Cuando se trate de casos excepcionales, como el del COVID 19’, se podrá permitir que aquellas prestaciones por desempleo que se reciban no se consuman respecto a los períodos máximos de recepción de las prestaciones de desempleo. Al mismo tiempo, en el caso de este tipo de catástrofes, podrán recibir prestaciones aquellos trabajadores que no hayan cotizado los 360 días necesarios. También es importante el hecho de que cuando se trate de una situación crítica, se podrá permitir poner en marcha un ERTE sin informe técnico.

El caso del COVID 19 (Coronavirus)

El COVID 19’ ha supuesto una emergencia sanitaria en todo el país y un inicio masivo de solicitudes de expedientes de regulación de empleo, tanto ERE como ERTE. Este tipo de expedientes demandan una gran cantidad de informes periciales para comprobar que dichas empresas realmente pueden justificar estas medidas.

Esta pandemia afecta a todo el país y especialmente a ciertas comunidades autónomas. Esta situación ha obligado a muchas empresas a tomar medidas muy extremas relacionadas con su producción, organización y situación económica (las tres causas que, como comentamos al principio de este post, pueden derivar en un ERTE) para poder reducir los efectos de la situación económica actual y poder seguir las medidas de seguridad establecidas por el Gobierno para acabar con la curva exponencial de contagios que presenta esta enfermedad.

Al mismo tiempo hay que tener en cuenta que no solo son las medidas nacionales pueden tener impacto económico en las empresas sino que, aquellas empresas cuya materia prima provenga de países gravemente afectados como China, perderán a su principal suministrador de material, ya que las fábricas de este país no pueden fabricar ni exportar como consecuencia de las grandes medidas restrictivas que se imponen para frenar a este virus. Por otra parte, el sector de la hostelería ha sido de los más perjudicados como consecuencia de estas prohibiciones.

Como consecuencia de la circunstancia tan específica que estamos viviendo, el daño económico de cada empresa dependerá del tipo de sector en el que se desarrolle su actividad. Por eso debemos saber que, a pesar de que el ERE o ERTE sea durante la pandemia, deberá justificar las causas económicas, de producción u organizativas que han llevado a la empresa a esta decisión. Este tipo de justificación será necesaria para demostrar que la empresa no está realizando un ERTE fraudulento aprovechando la situación para eliminar personal de forma más barata. Es por esto que en este caso será fundamental la peritación de aquellos casos que puedan suponer algún tipo de sospecha de fraude.

EL ERTE Y LA EMPRESA

Cuando hablamos de ERTE debemos saber que en todo momento será la empresa la que tenga el papel más importante, ya que será la que decida tomar este tipo de medidas de suspensión temporal del empleo o de reducción temporal de la jornada del trabajador.

Cada empresa deberá notificar de esta decisión a los representantes de los trabajadores y a la autoridad laboral. El procedimiento se realizará a modo de solicitud por parte de la empresa ante la autoridad laboral autonómica, es decir, la Dirección General de Trabajo de cada comunidad autónoma y se deberá indicar la causa y el número de trabajadores afectados.

Cómo se realiza un ERTE

Si eres el director de una empresa y estás incurriendo en una situación de pérdidas económicas o te enfrentas a problemas organizativos o de productividad, es probable que la realización de un Expediente de Regularización de Trabajo Temporal (ERTE) sea la solución a tus problemas.

El procedimiento más adecuado para la realización de dicho proceso se basa en los siguientes:

  1. El empresario realiza una solicitud para emprender el proceso del Expediente de Regularización de Trabajo Temporal. Para ello, es preciso que se lo comunique al sindicato o al responsable de la plantilla a la que afectan estas medidas.
  2. El empresario debe poner a disposición de los auditores o peritos economistas los informes técnicos que resuman la actividad de la empresa. Estos informes deben estar completos y resumir la contabilidad de los libros en el último periodo de la actividad empresarial.
  3. Se abre un periodo de consultas que se caracteriza por la capacidad de negociación entre las partes. Este periodo suele ser utilizado para conseguir un acuerdo entre trabajadores y empresa sin tener que desembocar en cauces legales.
  4. Una vez finaliza el periodo de consultas, el empresario debe comunicar la decisión a la autoridad o al representante adecuado. Esta comunicación debe realizarse dentro de unos plazos de tiempo responsables con para los empleados.
  5. Una vez se han adecuado todas las partes del proceso, se realiza la notificación del despido a las personas pertinentes. En caso de reclamación, el empresario deberá hacer frente a una investigación pericial y a un proceso jurídico que puede culminar en una demanda colectiva por parte de sus empleados.

La Pericial Económica para empezar el ERTE

A la hora de solicitar un ERTE es importante tener en cuenta la necesidad de presentar un informe económico. El Estatuto de Trabajadores OBLIGA a las empresas a presentar un informe que justifique las razones de un despido colectivo.

Una de las motivaciones aceptadas a la hora de realizar un ERTE es que la situación económica de la empresa incurra en pérdidas y debe desprenderse temporalmente de trabajadores para asumir dichas pérdidas. Para ello, es necesario justificar que durante tres trimestres consecutivos se ha apreciado una disminución respecto a los ingresos del periodo anterior.

El encargado de realizar esta clase de informes debe ser una figura imparcial, es decir, no estar sujeto a ningún interés personal o a presiones internas. El profesional más adecuado para ello es el perito Economista o el auditor económico, ya que tiene las competencias y conocimientos necesarios para dicha realización.

Dicho especialista deberá realizar un examen técnico en profundidad de los libros de cuentas y la contabilidad referente a los últimos años de actuación de la empresa. Es imprescindible que la empresa aporte la documentación necesaria para agilizar el proceso en la medida de los posible.

EL ERTE Y EL TRABAJADOR

Cuando un empleado se ve afectado por un Expediente de Regulación de Trabajo Temporal la primera reacción es mostrar preocupación por su situación económica.
¿Cómo afecta un ERTE a la prestación por desempleo?
¿Cómo accedo al paro si he sido víctima de un ERTE?

Cuando se da esta contingencia, el Sistema de Seguridad Social asegura la cotización completa con la percepción económica correspondiente. Para ello, es preciso cumplir una serie de requisitos básicos que te avalen como beneficiario de dicha prestación.

Generalmente los casos de ERTE implican o bien una reducción de la jornada, o bien la suspensión del empleo. Ante la primera contingencia y para optar a la cuantía por desempleo es imprescindible que la reducción se sitúe entre un 10% y un 70% de la jornada laboral original. Además, a ello se suman los siguientes requisitos establecidos por el Ministerio de Trabajo y Economía Social:

  • Que el trabajador esté en una situación legal de desempleo.
  • Permanecer como parte del grupo de población activa de empleo mediante la inscripción como demandante. Esto debe durar el periodo de tiempo en el que se prolongue la prestación.
  • El derecho al paro solo es válido si en términos de cotización se han llegado a al menos 360 días en los últimos 6 años de vida laboral.
  • En caso de haber cotizado un periodo de tiempo inferior, el demandante sigue siendo válido si sus rentas anuales no alcanzan el 75% establecido por el salario mínimo interprofesional.
  • No percibir otra clase de retribución económica en concepto de pensión de Seguridad Social que entre en discordia con el empleo.
  • No ejercer una actividad profesional como autónomo a tiempo completo.+
  • No estar en edad de ser apto para percibir la jubilación.
  • Los casos de ERE y ERTE suelen aplicarse en base a suspensión de empleo o reducción de jornada, lo que permite que este requisito no sea obligatorio.

La Prestación en un ERTE

La prestación económica que se ofrece ante casos de ERTE viene sujeta al periodo de tiempo durante el que esta situación se produzca, así como del tiempo de cotización previo a la situación del Expediente de Regularización de Trabajo Temporal.

Para conocer la cuantía exacta a la que tenemos derecho es importante conocer la base reguladora sobre la que se calcula. Esta cifra económica dependerá de la cotización percibida en los últimos 180 días de trabajo.

Cuando se produce un ERTE, se aplican una serie de circunstancias diferentes a las habituales. Por ejemplo, usualmente se realizan porcentajes sobre la base reguladora en base a los primeros 180 días y a los posteriores. No obstante, cuando hablamos de ERTE la Seguridad Social asegura la percepción del 100% de la aportación empresarial a través del Servicio Público de Empleo Estatal.

Una vez se clarifican las contingencias que afectan a la retribución por desempleo, ¿cómo voy a recibir la cuantía económica? La percepción económica se realiza en cuotas mensuales que se ingresan de manera directa en la entidad financiera de referencia.

Cómo reclamar e impugnar un ERTE ilegal

Algunas empresas pueden intentar sacar beneficio de una situación límite sin importar el bienestar de los empleados. Como hemos visto, durante la historia se han dado múltiples casos de despidos colectivos disfrazados en forma de ERE o ERTE.

Ante esta clase de contingencias, los trabajadores hacen uso del Estatuto de Trabajadores y luchan por sus derechos. ¿Cómo se puede reclamar un ERTE ilegal para su impugnación?

En primer lugar, se debe justificar la ilegalidad de dicho procedimiento para tener información que respalde la acusación durante el proceso jurídico. Los límites de la legalidad vienen amparados por el artículo 51 del Estatuto de Trabajadores, este establece que un Expediente de Regulación de Trabajo Temporal será ilegal cuando:

  • Se vulneren de manera accidental o deliberada los derechos y libertades establecidos en el ET (Estatuto de Trabajadores).
  • Cuando la interposición del ERTE se realiza haciendo uso de una situación de poder o se trata de coaccionar al empleado para la aceptación de términos.
  • Cuando no cumpla los requisitos establecidos para la realización, estando estos sujetos a la productividad del empleado o a otras contingencias, ya sean económicas u organizativas.

Cuando se tenga la causa de ilegalidad, es aconsejable contratar los servicios de un abogado que ayude en los trámites administrativos de la demanda. Una vez comience el proceso jurídico también puede ser de ayuda contar con los testimonios o experiencias de compañeros de trabajo en la misma situación. Una demanda colectiva tiene más peso que una individual.

LA CLAVE PARA RECLAMAR UN ERTE: EL PERITO ECONOMISTA

La figura más importante para la reclamación de un ere es el PERITO ECONOMISTA. Este profesional es especialista en contabilidad y tiene los conocimientos y capacidades pertinentes para realizar auditorías financieras.

Para ello, el experto encargado debe realizar un informe pericial que determine si las causas por las que se pretende realizar el ERTE son justificables durante un periodo de plazo temporal. En caso de que el periodo de tiempo fuese permanente nos referiremos a un ERE.

Es imprescindible que el auditor o perito realice un examen técnico en profundidad de toda la documentación provista por la empresa, a fin de no dejar ningún cabo suelto durante la comprobación de requisitos.

La memoria económica debe ser una fiel representación del estado de cuentas de la empresa. Una vez se complete la investigación, debe ser presentada ante los abogados de la empresa que solicita el ERTE como prueba durante el proceso judicial.

Además, es probable que el profesional deba intervenir durante la vista oral ya que es susceptible de ser cuestionado sobre aspectos concretos del análisis. En definitiva, los informes técnicos deben esclarecer:

  • Realizar una revisión de posibles actos irregulares de los trabajadores en términos económicos. Esta razón podría justificar la realización de un ERTE.
  • Justificación del despido colectivo a causa del estado de la contabilidad de la empresa.

¿Necesita un Perito Economista para poner en marcha un ERTE o para reclamar un ERTE ilegal? Contáctenos y le ayudaremos.