Actualización del cártel de camiones

Últimamente, ha habido novedades importantes respecto a las reclamaciones en el caso del cártel de camiones, aquí daremos información puntual según haya novedades. Cabe recordar que:

  • En 2016, la Comisión Europea multó a los principales fabricantes de camiones con una multa de casi 3.000 millones de euros por participar en un cartel de precios ilegal relacionado con el suministro de camiones a partir seis toneladas en adelante, entre 1997 a 2011.
  • La colusión entre los fabricantes produjo un sobrecoste en el precio de los camiones.
  • Si ha comprado, arrendado o contratado algún vehículo que cumpla esas características durante este periodo, tiene la posibilidad de ser compensado por sobrecoste pagado.
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Últimas noticias Cártel de Camiones - Procedimientos Judiciales

Sentencias del Cártel de Camiones en España

A continuación, analizamos los casos de que tenemos constancia hasta el momento. Si tienes conocimiento de algún otro, no dudes en hacérnoslo saber.

CASOS DE CÁRTEL EN ESPAÑA
INSTANCIA - LOCALIZ FECHA PROCEDIMIENTO RESOLUCIÓN-INDEMNIZACIÓN
Murcia. MERCANTIL Nº1 27/09/2018 144/18 FAVORABLE.
Murcia. MERCANTIL Nº1 15/10/2018 143/18 FAVORABLE. 20,7%
Murcia. MERCANTIL Nº1 16/10/2018 148/18 DESFAVORABLE
Zaragoza. MERCANTIL Nº1 13/12/2018 320/17 DESFAVORABLE. No se acredita daño.
Valencia. MERCANTIL Nº2 18/02/2019 298/18 DESFAVORABLE. Falta legitimidad
Barcelona. MERCANTIL Nº3 23/01/2019 898/17 DESFAVORABLE. Falta legitimidad
Valencia. MERCANTIL Nº3 20/02/2019 287/18 FAVORABLE. 5 %
Valencia. MERCANTIL Nº3 13/03/2019 309/18 FAVORABLE. 5 %
Jaén. MERCANTIL Nº4 14/03/2019 183/18 FAVORABLE. Falta legitimidad.
Jaén. MERCANTIL Nº4 14/03/2019 196/18 DESFAVORABLE. Prescrito.
Zaragoza. MERCANTIL Nº2 15/03/2019 147/18 DESFAVORABLE. Prescrito
Valencia. MERCANTIL Nº2 01/04/2019 314/18 FAVORABLE. 5 %
Bilbao. MERCANTIL Nº1 03/04/2019 720/18 FAVORABLE. 5 %
Valencia. MERCANTIL Nº1 23/04/2019 344/18 FAVORABLE. 5 %
Valencia. MERCANTIL Nº3 07/05/2019 338/18 FAVORABLE. 5 %
Valencia. MERCANTIL Nº3 07/05/2019 318/18 FAVORABLE. 5 %
Zaragoza. MERCANTIL Nº2 10/05/2019 156/18 DESFAVORABLE. Prescrito.
Zamora. 1ºINST Nº2 27/05/2019 169/18 DESFAVORABLE. Prescrito.
Zamora. 1º INST Nº2 27/05/2019 173/18 DESFAVORABLE. Prescrito
Zamora. 1º INST Nº2 27/05/2019 174/18 DESFAVORABLE. Prescrito
Zaragoza. MERCANTIL Nº2 11/06/2019 149/18 DESFAVORABLE. No se acredita daño
Huesca. 1º INST Nº3 12/06/2019 144/18 FAVORABLE. 5 %
Alicante. MERCANTIL Nº3 18/06/2019 205/19 FAVORABLE. 10 %
Madrid. MERCANTIL Nº3 02/07/2019 609/18 DESFAVORABLE
Madrid. MERCANTIL Nº12 03/07/2019 584/18 DESFAVORABLE
Valencia. MERCANTIL Nº3 09/07/2019 DESFAVORABLE
Valencia. MERCANTIL Nº1 10/07/2019 307/18 FAVORABLE. 5 %
Valencia. MERCANTIL Nº1 12/07/2019 331/18 FAVORABLE. 5 %
Valencia. MERCANTIL Nº2 16/07/2019 305/18 FAVORABLE. 5 %
Valencia. MERCANTIL Nº1 17/07/2019 325/18Ac FAVORABLE. 5 %
Valencia. MERCANTIL Nº2 17/07/2019 303/18 FAVORABLE. 5 %
Valencia. MERCANTIL Nº2 17/07/2019 309/18 FAVORABLE. 5 %
Madrid. MERCANTIL Nº12 17/07/2019 543/18 DESFAVORABLE
Valencia. MERCANTIL Nº2 22/07/2019 310/18 FAVORABLE. 5 %
Valencia. MERCANTIL Nº3 22/07/2019 314/18 FAVORABLE. 5 %
Valencia. MERCANTIL Nº3 25/07/2019 980/18 DESFAVORABLE
A Coruña. MERCANTIL Nº1 31/07/2019 166/18 DESFAVORABLE
Pontevedra. MERCANTIL Nº1 30/08/2019 151/19 FAVORABLE. 9 %
Logroño. MERCANTIL Nº1 02/09/2019 532/18 FAVORABLE. 10 %
Pontevedra. MERCANTIL Nº1 02/09/2019 89/19 FAVORABLE. 9 %
León. 1ª INSTANCIA nº8 02/09/2019 199/18 FAVORABLE. 15 %
León. 1ª INSTANCIA nº8 02/09/2019 161/18 FAVORABLE. 15 %
León. 1ª INSTANCIA nº8 02/09/2019 162/18 FAVORABLE. 15 %
Jaén. 1ª INSTANCIA nº4 10/09/2019 569/17 DESFAVORABLE
Pontevedra. MERCANTIL Nº1 10/09/2019 118/19 FAVORABLE. 9 %
Barcelona. MERCANTIL Nº7 12/09/2019 501/18 FAVORABLE. 10 %
Valencia. MERCANTIL Nº3 13/09/2019 308/18Ac FAVORABLE. 5 %
Valencia. MERCANTIL Nº3 20/09/2019 DESFAVORABLE
Madrid. MERCANTIL Nº12 24/09/2019 564/18 DESFAVORABLE
Oviedo. MERCANTIL Nº2 09/10/2019 148/18 FAVORABLE.
Valencia. MERCANTIL Nº3 10/10/2019 701/18 DESFAVORABLE.
Pontevedra. MERCANTIL Nº1 16/10/2019 82/19 FAVORABLE. 9%
Pontevedra. MERCANTIL Nº1 16/10/2019 126/19 FAVORABLE. 9%
Pontevedra. MERCANTIL Nº1 22/10/2019 43/18 FAVORABLE. 9%
Almería. MERCANTIL Nº1 20/11/2019 256/18 FAVORABLE. 15%
Almería. MERCANTIL Nº1 21/11/2019 257/18 FAVORABLE. 15%
Zaragoza. MERCANTIL Nº2 21/11/2019 148/18 DESFAVORABLE. Prescrito
Valencia. MERCANTIL Nº3 10/12/2019 317/18 DESFAVORABLE.
Pontevedra. MERCANTIL Nº1 13/12/2019 117/19 FAVORABLE. 9%
Pontevedra. MERCANTIL Nº2 18/12/2019 317/18 FAVORABLE. 5%
Jaén. MERCANTIL Nº4 20/12/2019 566/17 DESFAVORABLE. Falta legit.
Valencia. MERCANTIL Nº3 30/12/2019 317/19 FAVORABLE.
Sevilla. MERCANTIL Nº3 30/12/2019 40/18 FAVORABLE. 20,75%
Pontevedra. MERCANTIL Nº1 9/1/2020 150/18 FAVORABLE. 9%
Valencia. MERCANTIL Nº3 13/1/2019 388/19 DESFAVORABLE. Filial
Pontevedra. MERCANTIL Nº1 14/1/2020 215/19 FAVORABLE. 9%
Lugo. MERCANTIL Nº2 15/1/2020 663/18 FAVORABLE. 10%
Valencia. MERCANTIL Nº3 17/1/2020 359/19 DESFAVORABLE. Filial
Pontevedra. MERCANTIL Nº1 20/1/2020 239/19 DESFAVORABLE. Filial
Valencia. MERCANTIL Nº3 20/1/2020 298/18 DESFAVORABLE. Filial
Pontevedra. MERCANTIL Nº1 23/1/2020 189/19 FAVORABLE. 9%
 

Sentencias del Cártel de Camiones en Europa

CASOS DE CÁRTEL EN ALEMANIA
LOCALIZACIÓN FECHA PROCEDIMIENTO RESOLUCIÓN
Berlín 26/06/2018 16 O 117/17 DESFAVORABLE
Hannover 28/05/2018 18 O 17/17 FAVORABLE
Hannover 18/12/2017 18 O 8/17 FAVORABLE
Hannover 16/04/2018 18 O 21/17 18 O 23/17 FAVORABLE
Stuttgart 30/04/2018 45 O 1/17 FAVORABLE
Dortmund 27/06/2018 8 O 13/17 FAVORABLE
Stuttgart 19/07/2018 30 O 33/17 FAVORABLE
Dortmund 01/08/2018 8 O 24/17 DESFAVORABLE
Hannover 15/10/2018 18 O 19/17 FAVORABLE
Stuttgart 12/11/2018 45 O 6/17 FAVORABLE
Stuttgart 11/02/2019 45 O 4/17 FAVORABLE
Stuttgart 18/12/2019 30 O 72/18 DESFAVORABLE
Dusseldorf 06/03/2019 8 O 24/17 DESFAVORABLE

A continuación mostramos toda la información relativa a los casos que han ido saliendo sobre el cártel de camiones.

Sentencias nacionales sobre el cártel de camiones

Fase 0: Aspectos generales sobre el cártel de camiones

a) Competencia de los tribunales españoles:

Sentencia de 04/10/2018, con nº de recurso 318/2018, o la Sentencia 10/09/2018, con nº de recurso 529/2018, en el jugado de lo Mercantil nº12 de Madrid, en las que los fabricantes alegan falta de competencia de los tribunales españoles. Los jueces, sin embargo, rechazan de plano estas pretensiones por los siguientes motivos:

a) Al no existir un "sistema judicial comunitario", no tiene cabida un marco internacional de juicio.
b) De acuerdo con el principio de efectividad, los Estados miembros velarán porque todas las normas y los procedimientos nacionales relativos al ejercicio de las acciones por daños se conciban y apliquen de forma que no hagan prácticamente imposible o excesivamente difícil el ejercicio del derecho de la Unión al pleno resarcimiento.
c) Se debe considerar al consumidor que adquirió los camiones a través de un establecimiento abierto al público en un lugar próximo al de su centro de intereses y vinculado, al menos comercialmente, a las empresas cartelistas, sin que deban resultar oponibles al actor las vicisitudes de estas empresas en términos de configuración societaria.

Es decir, los tribunales españoles son internacionalmente competentes para enjuiciar causas contra cartelistas determinados por resoluciones de la Comisión Europea (fuera de España), en atención a que el «hecho dañoso» se produjo en España. Así, la competencia territorial se ha de determinar por la normativa procesal interna.

En general, condenando en costas al fabricante por recurrir con este argumento.

b) Prescripción de reclamaciones:

Hay varias sentencias que son denegadas por considerarse que el plazo para reclamar ha prescrito, ya que se computa desde 19 de Julio de 2016, fecha en la que se hace pública la nota de prensa. Posteriormente, con fecha 6 de abril de 2017, se hace público el resumen de la decisión, identificando infractores, responsabilidades, periodos de cartelización, multas, reducciones en las multas, etc.

Si bien es un criterio que en general no se ha extendido, en casos como en Zaragoza (Juzgado de lo Mercantil nº2, caso nº 52/2019 de 15 de marzo de 2019) o el de Jaén (Juzgado de Primera Instancia nº4, caso nº 23/19 de 14 de marzo de 2019), los jueces respectivos consideran que están prescritos.

Sin embargo, nuestro criterio es que el plazo de prescripción de las acciones por daños empiezan a correr a partir de la fecha en la que la persona perjudicada tuvo conocimiento de su derecho a indemnización. De hecho, con fecha de Julio, no se sabía el alcance de la responsabilidad del fabricante, definido como principio de efectividad.

c) Filiales de los fabricantes de camiones no aceptan notificaciones en otros idiomas:

Los fabricantes cartelistas, en diversas situaciones, no se dan por notificados cuando lo han sido en un idioma diferente al nacional (e incluso el inglés). Lo que es una de sus actuaciones típicas de cara dilatar los procedimientos judiciales que comienzan.

Más concretamente, el Juzgado Mercantil número 3 de Valencia ha abierto pieza separada para depurar las responsabilidades de Daimler al haber tratado de entorpecer el proceso al, como hemos dicho, solicitar la traducción al inglés o al alemán del decreto de admisión y de la cédula de citación. A pesar de tener como abogados a un gabinete muy relevante a nivel nacional.

El juez ha dictado una providencia, para depurar eventuales responsabilidades en las que pudiera haber incurrido Daimler al recharzar los intentos de notificación desarrollados por el juzgado.

Las multas pueden oscilar entre 600 y 60.000 de euros por día de retraso.

El caso de Daimler y su excusa con el idioma no es el único ocurrido en España en el caso del cártel de los camiones. Como ha publicado este diario, el grupo MAN ha intentando entorpecer una demanda similar presentada en San Sebastián diciendo que no entiende el inglés. Abogados consultados por este diario comentan que han existido otros casos parecidos.

d) Instancia Judicial adecuada

Con fecha de 22 de Marzo de 2019, la Audiencia Provincial de Madrid, en su sección 13ª, a través del Auto 97/2019, considera que los juzgados de lo Mercantil no son competentes para juzgar los casos relacionados con el Cártel de Camiones. Alegando lo siguiente:

en la que se apreciaba que los codemandados habían infringido el artículo101 del TFUE en tanto que habían realizado a cuerdos y practicas concertadas sobre la fijación de precios y los aumentos de precios brutos con el fin de alinearlos precios brutos en el Espacio Económico Europeo, lo que ha producido daños en el patrimonio de la parte actora, que en el espacio de 17 de enero de 1997 a 18 de enero del 2011, adquirió varios vehículos afectados por dicha conducta.

No estamos ante una acción que esté basada en el derecho de la competencia desleal, o propiedad industrial, intelectual etc., ni ante una acción basada en los artículos 81 y 82 del Tratado Constitutivo de la Comunidad Europea y su derecho derivado, pues se trata de una acción derivada de una conducta ya determinada por los organismos europeos competentes como negligente y que, por lo tanto, la competencia es de la Jurisdicción Civil…..”


Se trata de un tema técnico desde el punto de vista jurídico. Si bien, nuestro criterio es que los jueces de lo mercantil sí son competentes para juzgar casos del Cártel de Camiones.

Primera Fase: Sentencia Pionera

La primera sentencia en España (y en Europa) del caso del cártel de camiones sucedió en Murcia, siendo Perito Judicial GROUP el encargado de aportar el informe pericial. La sentencia dictaminó que se tenía que devolver el 20,7% del coste del camión, más intereses legales, basándose en el informe pericial, que definió como exhaustivo y minucioso. Más abajo mostramos el impacto mediático de dicha sentencia.

Fue pionera, y primera de otras muchas que vendrías después y que a continuación detallamos en otras fases.

Segunda Fase: Sentencias Variadas

Las sentencias sucesivas han sido variables, pudiendo encontrar casos similares con sentencias contradictorias, si bien no sabemos cómo ha sido la actuación del abogado y perito en cada uno.

No obstante, se abrió una fase en la que los casos favorables definían, en su mayoría, la indemnización en el 5% del coste del camión más intereses.

Tercera Fase: Fase favorable e Increciendo

Posteriormente a una fase de bastante incertidumbre, se abre otra en la que están predominando las sentencias favorables.

De especial relevancia la ocurrida en Bilbao, donde el pasado 5 de abril, el Juzgado de lo Mercantil nº 1 sentencia determinar la indemnización en un 15% del coste del camión.

La reclamación se fundamenta en datos estadísticos, utilizando el siguiente proceso deductivo:

  • Parte de los criterios contenidos en la Guía Práctica de la Comisión Europea para la cuantificación de los daños.
  • En dicha Guía Práctica se indica que en la mayoría de los cárteles estudiados por la Comisión Europea se aprecia un sobrecoste variable entre el 10 y el 20%.
  • El Juzgado se acoge a la media de esas dos cifras para obtener el 15%, cantidad que define como “ponderada”.

Se trata de otra sentencia muy relevante, que apoya el criterio de cuantificación estadística contenido en el informe pericial que estamos utilizando en nuestras demandas.

Sentencias internacionales sobre el cártel de camiones

Julio 2019 - Los fondos de inversión pueden no tener legitimidad en el cártel de camiones (Holanda)

Como sabemos, el cártel de camiones puede producir cuantiosas indemnizaciones a los compradores. Ante esta situación, numerosos fondos de inversión decidieron asumir ellos con los gastos de los que se quisieran acoger a una "cesión"  de dicha reclamació a los fondos.

Un tribunal de Amsterdam ha exigido a los fondos de inversión que fundamenten las demandas en el caso del cártel de camiones, como parte demandante. Demostrando que se ha producido tal cesión y que ésta no es contra la ley del país. Determinando si la posibilidad de daños es plausible o no lo es.

Así pues, la validez y legitimidad de la cesión de las reclamaciones de los transportistas a los fondos podrían afectar a la viabilidad y al éxito de las reclamaciones de víctimas.

Junio 2019 - Decisión importante UK

Durante Junio de 2019, en los tribunales británicos, se dará una decisión de la que dependerán en gran parte, el futuro de las reclamaciones sobre el cártel de camiones en Reino Unido.

Febrero 2019 - La Justicia alemana niega legitimación a los fondos de inversión en litigios del cártel de camiones

Como sabemos, grandes fondos de inversión han visto negocio en las reclamaciones por el caso del cártel de camiones, dada las importantes cuantías que se pueden conseguir. De este modo, estos fondos de inversión asumirían todos los gastos, para llevarse más del 50% del importe conseguido como indemnización, en caso de conseguir el éxito en la reclamación.

"La demanda es inadmisible porque la parte demandante no es parte del procedimiento” (carece de legitimación activa en el caso).

Sin embargo, el Tribunal del Distrito de Stuttgart, ha sentenciado que los fondos de inversión carecen de legitimación para demandar al cártel de camiones. Debido a que la prestación de servicios financieros no da legitimidad jurídica para reclamar, ya que se trata de un acuerdo de financiación con acuerdos de cesión. De modo que no puede actuar en nombre y representación de otras empresas de transporte, de cara a la reclamación judicial. La fundamentación de la sentencia se basa en 3 principios:

  1. El crédito no se ha transferido definitivamente fondo de inversión, ya que éste obtendría beneficios solo en caso de éxito.
  2. El fondo actúa por cuenta de terceros sin asumir el riesgo económico de la acción judicial. Los cedentes asumen el riesgo de la recuperación, a pesar de que podría ocurrir que no fuese estimada la demanda, o incluso tuvieran que asumir las costas judiciales. Asumiendo prácticamente la totalidad del riesgo de la acción judicial.
  3. La prohibición de que abogados y proveedores de servicios jurídicos, de ir a éxito, y obtener un % de lo reclamado.
  4. La actividad del fondo de inversión está prohibida, por prestar servicios jurídicos extrajudiciales.

Perito Judicial GROUP y las sentencias del cártel de camiones

Perito Judicial GROUP ha aportado el informe pericial en el caso en que se ha conseguido la primera sentencia favorable en España por el cártel de camiones. Es gran hito, tanto para la empresa como para nuestros clientes, dada la repercusión en futuras reclamaciones, pudiendo conseguir lo reclamado en los informes periciales (más de un 20% del precio de compra del camión).

A continuación, mostramos la repercusión nacional que ha tenido la noticia. Incluso, varios medios nos han entrevistado (ABC, Europapress, El Independiente, etc.).PRIMERA SENTENCIA EN ESPAÑA POR EL CÁRTEL DE CAMIONES: VOLVO, CONDENADA A PAGAR 128.000 EUROS A UNA EMPRESA

(...)más de un 25% del precio real según consta el informe pericial realizado por Perito Judicial Group, el cual subraya «la dificultad del cálculo llevado a cabo»

Fuente: ABC

LA PRIMERA VICTORIA DE CAMIONEROS CONTRA FABRICANTES ABRE LA PUERTA A DEMANDAS MILLONARIAS

La sentencia se ha producido en España (...) el gabinete Perito Judicial Group y establece una devolución de casi 26.000 euros por camión. (25.751 euros por cada uno, cifra a la que se sumarán los intereses legales). Muchísimo más de lo previsto.

Fuente: EL INDEPENDIENTE

PRIMERA CONDENA EN ESPAÑA POR EL CÁRTEL DE LOS CAMIONES
Fuente: LA VANGUARDIA

UN JUZGADO DE MURCIA DICTA LA PRIMERA CONDENA CONTRA EL CÁRTEL DE CAMIONES
Fuente: LA OPINION DE MURCIA

LA APORTACIÓN DE PRUEBAS CLAVE PARA LOGRAR LA PRIMERA SENTENCIA FAVORABLE DEL CÁRTEL DE CAMIONES

Tras el análisis del informe pericial del Ingeniero, Sr. Salvador Ciller del gabinete de PERITO JUDICIAL GROUP, condena a Volvo España a pagar más de 25.700 € por camión más intereses legales, lo que supone una sentencia sin precedentes en España.

Fuente: LAW AND TRENDS

PERITO JUDICIAL GROUP APORTA LAS PRUEBAS PARA LOGRAR LA PRIMERA SENTENCIA FAVORABLE DEL CÁRTEL DE CAMIONES

Dña. María Dolores de las Heras García, la magistrada titular del Juzgado de lo Mercantil nº 1 de Murcia, tras el análisis del informe pericial del Ingeniero, Sr. Salvador Ciller del gabinete de PERITO JUDICIAL GROUP, condena a Volvo España a pagar más de 25.700 € por camión más intereses legales, lo que supone una sentencia sin precedentes en España

Otras fuentes: que se hacen eco de la noticia:

MERCADO2

DIARIO-ABC

FINANZAS.COM

NOTICIAS DE MOTOR

CAMALTEC PRESSESTRELLA DIGITAL

MADRID NOTICIAS

DIARIO ECONOMIA

NOTICIAS DE DERECHO

NOTAS DE PRENSA

VALENCIA BUSINESSCADIZ 24 HORAS

ISLAS CANARIAS 24 HORAS

UN JUZGADO DE MURCIA DICTA LA PRIMERA SENTENCIA POR EL CÁRTEL DE CAMIONES EN ESPAÑA

La sentencia del Juzgado de lo Mercantil número 1 de Murcia asume íntegramente las conclusiones del peritaje presentado por la empresa transportista demandante que son, a su juicio, “minuciosas y exhaustivas”.

Fuente: CADENA DE SUMINISTRO

LA SENTENCIA DEL CÁRTEL DE CAMIONES ABRE LOS PAGOS A 2.000 VALENCIANOS

El órgano judicial de Murcia ha matizado que asume las conclusiones de peritaje presentadas por la compañía de transporte y apuntan que, a su juicio, se trata de minuciosas y exhaustivas explicaciones sobre la información disponible en relación a la cuestión y sobre los distintos métodos para calcular los sobrecostes provocado por el cártel de camiones.

Fuente: LEVANTE EL MERCANTIL VALENCIANO

128.757 euros de indemnización en la primera sentencia en españa por el “cártel de camiones”
Fuente: DIARIO DE TRANSPORTE

Una jueza de Murcia impone la primera condena en España por el cártel de camiones
Fuente: EL VIGÍA - Logística y Transporte

Los transportistas gallegos celebran la victoria judicial sobre el cártel del camión
Fuente: LA OPINION LA CORUÑA

Froet confía en que la sentencia contra el cártel de camiones sirva de "efecto dominó" para el resto de las demandas
Fuente: MURCIA.COM

Conclusión

En términos de cantidad probable de indemnización por sobrecostes sufridos, seguimos sin poder precisar una cantidad exacta, pero existe una posibilidad muy real de conseguir una cantidad importante por cada vehículo (5-20%). Nuestra opinión actual es que vale mucho la pena continuar con la reclamación.

En Perito Judicial GROUP podemos asesorarle y ayudarle a conseguir la mayor cantidad posible. Cuente con nuestra ayuda para la preparación del juicio.