Calcular la Indemnización por accidente de tráfico es fundamental de cara al seguro, para conseguir la reparación íntegra del daño, contemplándose todos los posibles perjuicios sufridos. Estos pueden ser de dos tipos:

  • Daños patrimoniales
  • Daños no patrimoniales

Nuestros peritos tienen amplios conocimientos para valorar los daños dentro de los límites establecidos en el sistema de valoración actual.


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La Indemnización por accidente de tráfico

Reclamar una indemnización por la existencia de un accidente de tráfico es una labor compleja, ya que la aseguradora se puede oponer a pagar altas cuantías, ofreciendo, por defecto, una compensación a la baja. Por lo que es necesario contar con el mejor asesoramiento en cuanto a la valoración del daño corporal, así como a la manera de utilizar los baremos de daños actualizados.

La indemnización que puede conseguirse depende del nivel de daño sufrido. Hay 3 niveles según la normativa española:

  1. MUERTE. Atendiendo a los siguientes casos:
    - Cónyuge viudo
    - Ascendientes
    - Descendientes
    - Hermanos
    - Allegados.
  2. SECUELAS. Se valora a través de los baremos médicos y el baremo económico que a través del sistema de puntos, determina el perjuicio personal básico. Es necesario un Perito Médico que valore estas lesiones.
  3. LESIONES TEMPORALES.

Cómo saber si es reclamable mi accidente de tráfico

Lo primero que debemos saber para solicitar una indemnización es si nuestro accidente es realmente reclamable. Para poder obtener una indemnización por accidente de tráfico debes cumplir dos requisitos fundamentales.

  • Debes de tener unas lesiones mínimas y/o daños materiales como consecuencia del accidente. Para que puedas reclamar tiene que existir un periodo de curación, es decir al menos dos asistencias al médico. Las indemnizaciones de tráfico se calculan fundamentalmente por el proceso de curación que se ponderan por una cantidad diaria hasta que se obtiene la alta médica. No se puede reclamar si solo has ido a urgencias el día del accidente ya que no existiría ningún periodo cuantificable salvo que se produzca una cicatriz importante que suponga un perjuicio estético y que pueda llegar a valorarse como secuela.
  • Que la culpa haya sido de un tercero. Tienes derecho a reclamar si no eres el culpable del accidente de tráfico ya sea porque viajes de acompañante del vehículo que causó el accidente o porque la culpa sea de otro conductor.

Hay situaciones que pueden no ser reclamables en un accidente de tráfico, si no se justifican correctamente. Para lo que convendría que un especialista lo analice en profundidad. En principio, podrían ser:

  • Ayudas por dependencia
  • Asistencia sanitaria futura
  • Lucro cesante por ingresos de la víctima

NOTA:
El expropiado tiene derecho a una compensación justa por parte de la Administración pero, generalmente, ésta valora los bienes expropiados muy por debajo de su valor. Con lo que se puede recurrir esta decisión y pedir una cantidad superior, para lo que se necesita una valoración por parte de un Perito especialista.
En PJ GROUP ponemos a su disposición todos nuestros Peritos Tasadores, con el fin de poder reclamar el máximo a la Administración expropiante.

Cómo saber si puedo reclamar una indemnización por accidente de tráfico

Tiene derecho a reclamar una indemnización por accidente:

DERECHO A INDEMNIZACIÓN CIRCUNSTANCIAS ESPECIALES
CONDUCTOR Sólo si no es culpable. Derecho a indemnización aunque no disponga de seguro
OCUPANTES DEL VEHÍCULO Sí. Siempre. - Derecho a indemnización aunque el conductor sea culpable - Turismos, fugonetas, camiones, motos, etc.
PEATONES Sí. - Si el peatón es exclusivamente culpable, no tendrá derecho a indemnización. - Si existe concurrencia de culpas, las indemnizaciones se reducen proporcionalmente a las culpas.
FAMILIARES En caso de fallecimiento. - El derecho a indemnización varía en función del grado de parentesco, edad de la víctima, dependencia económica, etc.

El responsable del pago es el responsable del accidente, o su seguro. Si el vehículo del culpable no está asegurado, la indemnización corresponde al Consorcio de Compensación de Seguros.

En caso de que hay culpa por parte de ambas partes, es decir concurrencia de culpas, la indemnización se reduce en proporción a las culpas. Para analizar el porcentaje de culpas, es necesaria la reconstrucción del accidente, teniendo en cuenta: prioridades, velocidades, puntos de colisión ,etc.

Si la póliza del seguro incluye cobertura de accidentes para el conductor, éste estará cubierto aunque sea culpable del accidente, siempre que esté dentro de los casos contemplados en el contrato del seguro.

Contra quien reclamar por siniestro

Se pueden dar 2 supuestos, generalmente:

  1. SI EL CULPABLE TIENE SEGURO. Se debe denunciarle tanto al propio conductor como a su compañía aseguradora.
  2. SI EL CULPABLE NO TIENE SEGURO (o se dio a la fuga y no está identificado). Se habrá de reclamar contra el Consorcio de Compensación de Seguros. En caso de que sí se identifique, habría que reclamarle, así como al propietario del vehículo.

Qué plazo tengo para reclamar la indemnización por accidente de tráfico

Los plazos para interponer una demanda varían según a quien se reclame o la vía que se emplee. Así, hay 3 supuesos principales:

  1. RECLAMAR AL SEGURO. Se dispone de 7 días para informar a la compañía aseguradora, aunque este plazo no es definitivo.
  2. DEMANDA PENAL. Hay 6 meses desde la ocurrencia del accidente.
  3. DEMANDA CIVIL. Hay 1 años desde que se encuentra la víctima en disposición de ejercitar la reclamación (y se conozca detalladamente al alcance de las mismas).

En PJ GROUP podemos ayudarle a reclamar siguiendo la vía más adecuada para su caso. Si ha tenido un accidente de tráfico estudiamos su caso y le asesoraremos.

Qué puedo reclamar por un accidente de tráfico

Una vez que determinamos si es posible reclamar para el caso particular, hay que saber qué es lo reclamable dentro del incidente. Las reclamaciones por accidentes de tráfico pueden solicitar diferentes cosas, según el problema o problemas ocasionados. Pudiendo ser:

RECLAMAR DAÑOS PERSONALES

Se trata de reclamaciones sobre daños físicos y psíquicos de los usuarios de la vía pública implicados en el incidente.

La cuantía a reclamar, además de depender de la situación personal del afectado (ya sea trabajador, estudiante, ama de casa, opositor, desempleado, etc.), depende del baremo del año en cuestión según el tipo de víctima. Pudiendo ser:

  • Indemnización por muerte.
  • Indemnización por secuelas (lesiones permanentes).
  • Indemnización por incapacidad temporal (días de baja).
  • Gastos sanitarios.

Los vemos detenidamente a continuación:

Indemnización por muerte

En este caso, el beneficiario, evidentemente, es el familiar el que tiene derecho a indemnización. Para determinar cual de todos es el beneficiario, así como las cuantías a percibir, hay que acudir a la legislación. Pudiendo ser parejas de hecho, cónyuges, cónyuge separado e incluso divorciado. Lo adecuado es que busque asesoramiento en este aspecto para saber exactamente quien tiene derecho a la misma.

Indemnización por secuelas (lesiones permanentes)

La cuantía de la indemnización depende de los puntos asignados a cada lesión. El Perito Médico experto en valoración del daño, debe determinar en su informe, según las tablas, cuáles son los puntos, en función de puntuaciones máximas y mínimas por cada tipo de  secuela.

Generalmente, la aseguradora hará un informe de puntos a la baja, para pagar lo mínimo posible. Por lo que es conveniente contar con un informe pericial de un perito especialista, de manera que pueda reclamar el máximo.

En PJ GROUP nos ponemos a su disposición de cara a conseguir la máxima indemnización posible. Disponemos de los mejores Peritos Médicos y Peritos de Seguros que puedas encontrar.

La indemnización por lesiones permanentes dependen de los siguientes factores:

FACTOR ESPECIFICACIÓN
TIPO DE SECUELAS - Secuelas clínicas - Secuelas funcionales - Secuelas anatómicas - Secuelas estéticas
CARCTERÍSTICAS DE LA VÍCTIMA

- Edad - Condiciones familiares - Ingresos netos anuales

INVALIDEZ (si se da) - INCAPACIDAD PERMANENTE PARCIAL. Limitación de actividad habitual. - INCAPACIDAD PERMANENTE TOTAL. Impedido totalmente para realizar la actividad habitual. - INCAPACIDAD PERMANENTE ABSOLUTA. Inhabilitado para realizar cualquier ocupación. - GRANDES INVÁLIDOS. Requieren de terceros para realizar las actividades más básicas.
PERJUICIO ESTÉTICO - Perjuicio estético ligero: 1-6 puntos - Perjuicio estético moderado: 7-12 puntos - Perjuicio estético medio: 13-18 puntos - Perjuicio estético importante: 19-24 puntos - Perjuicio estético bastante importante: 25-30 puntos - Perjuicio estético importantísimo: 31-50 puntos

Dentro de las características del paciente se ha incluido los ingresos netos anuales, lo que es un factor de multiplicador de la indemnización a percibir.

Indemnización por incapacidad temporal (días de baja)

La incapacidad temporal depende de 2 factores:

  1. DÍAS DE BAJA (multiplicador)
  2. TIPO DE BAJA:
    - Día de estancia hospitalaria
    - Sin estancia hospitalaria:
         · Día de baja impeditivo. Impide la realización del trabajo o tareas habituales.
         · Día de baja no impeditivo. Requieren tratamiento rehabilitador pero no se está incapacitado para el trabajo.

Tanto dentro como fuera del hospital, hay que considerar los días según la gravedad que se experimente:

  • Días muy graves (perjuicio particular muy grave).
  • Día graves (perjuicio particular grave).
  • Días moderados (perjuicio particular moderado).
  • Días básicos (perjuicio particular básico).

En este caso, al igual que en la indemnización por secuelas, la cuantía a percibir depende de los ingresos anuales de la víctima. Además de la situación laboral del mismo, teniendo que contemplar:

  • Trabajador por cuenta ajena. Complementos que reduzcan emolumentos.
  • Trabajador por cuenta propia. Cuantías no percibidas (lucro cesante), así como contrataciones necesarias para cubrir dicha vacante (daño emergente)

Secuelas psicológicas

Para poder reclamar este apartado es necesario contar con un Perito Psicólogo que ayude y permita cobrar por estas secuelas. Ya que las lesiones graves muchas veces están acompañadas de un daño psicológico importante, que es necesario objetivar.

Intervenciones quirúrgicas

La indemnización se establece dentro de un rago de los baremos de accidentes, en función de:

  • Características de la intervención
  • Complejidad quirúrgica
  • Tipo de anestesia

Gastos sanitarios

Los gastos sanitarios a que se puede tener derecho en cuanto a la indemnización por el accidente, son los referentes a:

Esta asistencia puede ser en los centros vinculados a la compañía de seguros (gastos que cubre la póliza), o bien en otros centros no concertados (cuyo importe se reclamará con posterioridad).

Si se tratara de un accidente laboral (por motivos laborales), la mutua laboral de la empresa se hará cargo de la asistencia médica.

RECLAMAR DAÑOS MATERIALES

Dentro de los daños materiales posibles que pueden ser cubiertos, se encuentran:

 
GASTOS ESPECIFICACIÓN
DAÑOS EN VEHÍCULO - Se tiene derecho a reparación si no se es culpable. - Se tiene derecho a la reparación del vehículo. En caso de superar el valor venal, se debe reclamar a la compañía para que abonen la reparación (si no supera el 50% del valor venal). - Si el coste de reparación supera en mucho el valor venal, se podría llegar a reclamar hasta un 30% por encima del valor venal.
DAÑOS EN EFECTOS PERSONALES - Tipo de bienes: gafas, ropa, joyas, móvil, objetos transportados, etc. - Procedimiento: declaración de accidente o denuncia donde se acredita que los bienes han sido dañados en el accidente.
ENTIERRO Y FUNERAL Están cubiertos salvo que la culpa sea exclusiva de la víctima.
OTROS GASTOS - Ejemplo de otros gastos: desplazamientos, alquiler de vehículo, etc.

El conductor culpable sólo tiene derecho, como máximo, a ser indemnizado por el importe de este valor venal, salvo que tu póliza establezca una condición más beneficiosa

RECLAMAR INTERESES DE DEMORA

Se trata del interés desde que tiene lugar el accidente hasta la fecha presente, a una cuota del interés legal del dinero + 50%. Es más, si han pasado 2 años desde el accidente, el interés de demora no podrá ser menor al 20%.

En el periodo de tres meses desde el siniestro, no se consideran intereses de demora.

RECLAMAR PRESTACIONES POR INCAPACIDAD LABORAL

Se trata del derecho a un subsidio por la baja laboral, siendo la empresa contratante la obligada a pagar un salario íntegro del período. Pudiendo alargarse hasta los 12 e incluso 18 meses.

Más allá de este periodo, es el INSS el organismo que determina el grado de incapacidad, que siempre será recurrible con el informe de un perito judicial. Dentro de los grados de incapacidad, como hemos visto en el apartado de "secuelas", se encuentran:

  • LESIONES PERMANENTES NO INVALIDANTES. Reconoce al trabajador por las lesiones definitivas, sin llegar a constituir incapacidad permanente. Las indemnizaciones son muy bajas.
  • INCAPACIDAD PERMANENTE PARCIAL. Limitación de actividad habitual, que da derecho a indemnización de 24 mensualidades.
  • INCAPACIDAD PERMANENTE TOTAL. Impedido totalmente para realizar la actividad habitual, que da derecho a pensión vitalicia mensual del 55% de la base reguladora salarial.
  • INCAPACIDAD PERMANENTE TOTAL CUALIFICADA. Da derecho a pensión vitalicia mensual del 75% de la base reguladora salarial.
  • INCAPACIDAD PERMANENTE ABSOLUTA. Inhabilitado para realizar cualquier ocupación, que da derecho al 100% de la base reguladora salarial.
  • GRANDES INVÁLIDOS. Requieren de terceros para realizar las actividades más básicas, que da derecho al 150% de la base reguladora salarial.

Estas, aunque son declaradas por la Seguridad Social (INSS o TGSS), se puede recurrir en el plazo de un mes, donde es muy recomendable aportar un informe pericial.

Cómo calcular la indemnización por accidente de tráfico

Para calcular una indemnización por accidente de tráfico es necesario saber todos los detalles sobre el siniestro, ya que al haber múltiples implicado, puede haber distintas responsabilidades.

Una vez identificado el responsable (ya sea víctima o no), y la cobertura de la póliza, para calcular la indemnización, será importante tener en cuenta los siguientes factores:

  1. Indemnización por daños personales:
    - Puntos de secuelas por lesiones permanentes sufridas
    - Edad de la víctima en el momento del accidente
    - Invalidez
    - Daños estéticos
  2. Indemnización por daños mateirales
  3. Indemnización por incapacidad laboral
  4. Intereses legales
El cálculo de una indemnización derivada de un accidente se basa en el concepto jurídico de la restitución íntegra a la situación anterior al accidente.

La restitución se sustituye por la indemnización de los daños y perjuicios ocasionados por el accidente. Todos estos factores están recogidos en el Baremo de Indemnizaciones por Accidentes. Así, por ejemplo, en caso de incapacidad permanente, se usa un baremos de 0 a 100 puntos, teniendo cada punto una valoración entre 700 - 900 €, dependiendo de la edad, ingresos, etc.

Además de tener en cuenta posibles gastos "extra" que se hayan tenido que acometer por motivo del siniestro. En PJ GROUP podemos ayudarle a analizar qué cuantía es la que se puede reclamar atendiendo a las lesiones producidas, grados de invalidez, incapacidades, etc.

Qué tener en cuenta para calcular la indemnización por accidente de tráfico

Para calcular la indemnización por accidente de tráfico es importante que se debe recopilar toda la información relativa al siniestro:

  • Atestado de la policía, parte de accidente, fotos, etc. Para una eventual reconstrucción del accidente.
  • Informes médicos posteriores al accidente. Siendo previos a 72 horas tras el siniestro.
  • Posibles informes posteriores a ester período, sobre posibles lesiones
  • Póliza del seguro

En la fase extrajudicial, se intenta llegar a un acuerdo con la aseguradora. En caso de que no haya acercamiento de posturas, lo mejor es ir a juicio y reclamar lo que creemos que por derecho nos corresponde.

Baremos de indemnizaciones por accidentes

Para calcular una indemnización por accidente ses emplean unos baremos o tabla de cantidades indemnizables por lesión publicados en el BOE de forma anual, de manera que establecen unos parámetros objetivos de valoración.

Los Baremos de indemnizaciones por accidentes de tráfico o laborales calculan los perjuicios sufridos por víctimas y sus familias como consecuencia de dichos siniestros. Para lo que es necesario contar con documentación médica sobre los daños sufridos por la víctima.

Si necesita una pericial de valoración del daño para reclamar una indemnización por accidentes, no dude en solicitárnoslo. Le ayudaremos.

El cálculo de las compensaciones no es sencillo, por lo que conviene contar con los mejores profesionales, que hoy en día puede encontrar a precios razonables. En caso contrario, es fácil que la aseguradora no le de lo que le corresponde legalmente, dejando fuera aspecto que podría minorar la cuantía a percibir.

Desde 2016, el Baremo para calcular indemnizaciones no ha sufrido grandes cambios, por lo que se da una cierta estabilidad en las cuantías a reclamar y conceptos.

Cómo reclamar una indemnización por accidente

Si se es víctima de un accidente de tráfico, se tiene derecho a indemnización. Como antes hemos visto, tanto por daños físicos, materiales, como otros conceptos. Para solicitar la indemnización hay 2 vías posibles:

1. VÍA EXTRAJUDICIAL
Se negocia con la compañía aseguradora la cuantía a percibir en concepto de indemnización, en función de los daños sufridos. Siguiendo el proceso que a continuacón se detalla:

  • Detallas los daños a la aseguradora y justificación de los mismos.
  • Oferta de indemnización de la aseguradora (en el plazo de 3 meses). Con el detalle de informes, cuantificaciones de indemnización, etc. Pueden pasar 2 supuestos:
        · Aceptación de la oferta y cobro
        · No aceptación y apertura de vía judicial.

2. VÍA JUDICIAL
En el supuesto de no llegar a un acuerdo, se tiene que abrir un procedimiento judicial para reclamar una indemnización justa, mediante la demanda en los juzgados pertinentes. Hay 2 posibilidades:

a) PROCEDIMIENTO PENAL. Es la vía recomendable, si consideramos que podremos tener acceso gratuito al informe del médico forense, que puede ayudar a negociar.
Para usar esta vía, tiene que haber lesiones que tarden en curar más de un día. Si el denunciado fuese absuelto se podría abrir la vía civil:

b) PROCEDIMIENTO CIVIL (demanda): Tiene la ventaja del plazo de reclamación (1 año), es mayor al procedimiento civil (6 meses). Además tiene una serie de características que debemos considerar:

  • Es la adecuada para reclamar daños materiales.
  • Se necesita un Perito Médico especialista en la valoración de daños corporales.

NOTA:
Teniendo que elegir una u otra vía según las necesidades particulares del caso.Para conocer los baremos actualizados y poder calcular (hasta donde se pueda) los puntos e indemnizaciones a que se tiene derecho, recomendamos descargarse la siguiente aplicación:
https://chrome.google.com/webstore/detail/baremo/cdbnkglbjonjpbjomllicdhbaglbjeng/related?utm_source=chrome-app-launcher

Daños más comunes en accidentes de tráfico

Las lesiones ocurridas durante un accidente de tráfico pueden ser de diversos tipos, sin embargo hay ciertos daños que se producen con mucha frecuencia, y que a continuación analizaremos en el contextos de reclamaciones de indemnizaciones:

Indemnización por accidente de tráfico con esguince cervical o cervicalgia

La secuela o lesión permanente más común en un accidente de tráfico son las lesiones cervicales leves, que pueden derivar en ciertas dolencias:

  • Cervicalgias (latigazo cervical): 1-5 puntos.
  • Lumbalgias (latigazo lumbar): 2-12 puntos.
  • Rigidez cervical con limitación de movimientos: 5-15 puntos.
  • Artrosis postraumática: 1-8 puntos.
  • Síndrome postraumático cervical (mareos, vértigos, cefaleas...): 1-8 puntos.

Estos problemas pueden ser temporales o convertirse en secuelas permanentes, variando la cuantía indemnizable, en uno y otro caso.

Una de las lesiones más comunes es el llamado latigazo cervical producido porque la cabeza realiza un brusco movimiento hacia adelante y hacia atrás pudiendo, produciendo roturas de ligamentos o hernias. En este caso, se puede tener derecho a indemnizaciones que ronden los 3.000 € si las lesiones son temporales, y 5.000 € si se da una cervicalgia.

Indemnización por daños morales

Se entiende que puede existir daños morales asociados a una lesión, cuando ésta alcanza un cierto calado. Veamos a continuación algunos ejemplos representativos, y las cuantías indemnizables por daño moral debebido a:

  • PERJUICIO PSICOFÍSICO. La indemnización puede moverse en el rango de 20.000 € - 100.000 €, según el daño y circunstancias de la víctima.
  • DAÑO ESTÉTICO. La indemnización puede ser de 10.000 € - 50.000 €, dependiendo del daño en sí y características del lesionado.
  • PÉRDIDA DE CALIDAD DE VIDA DEL LESIONADO. Se refiere a la pérdida de autonomía por el lesionado, pudiendo ser (de mayor a menor):
        1. Muy grave: 90.000 - 150.000 €
        2. Grave: 40.000 - 100.000 €
        3. Moderado: 10.000 - 50.000 €
        4. Leve: 1.500 - 15.000 €
  • PÉRDIDA DE CALIDAD DE VIDA DE FAMILIARES. Indemnización de 30.000 € - 150.000 € a familiares de los lesionados que hayan perdido toda la autonomía personal y deben de hacerse cargo de los mismos.
  • PÉRDIDA DE FETO. Si se pierde la vida del bebé previamente a la semana 12, corresponden 15.000 €. 30.000 € si es después de esta semana.

Indemnización por perjuicio patrimonial causado por secuelas

Las secuelas derivadas de un accidente de tráfico, producen dos tipos de daño:

  1. DAÑO EMERGENTE. Gastos a raíz de las secuelas del accidente de tráfico.
    1.a Asistencia sanitaria futura. Se trata de asistencia vitalicia que debe cubrir la aseguradora, pudiendo ser:
        - Estado de coma o vegetativo crónico.
        - Secuelas neurológicas graves o muy graves.
        - Lesiones medulares graves.
        - Amputaciones.
    1.b Necesidad de prótesis y órtesis. Se trata de una necesidad para el resto de la vida, que será valorada según características del paciente, llegando a 50.000 € por prótesis.
    1.c Rehabilitación. Puede ser hospitalaria, domiciliaria o ambulatoria, siendo abonados los gastos al propio hospital o al paciente, respectivamente. Hay diferentes grados:
        - Estado de coma o vegetativo crónico. Indemnización de hasta 13.500 € / año.
        - Tetraplejia: Indemnización de hasta 9.500 € / año.
        - Trastorno grave neuropsicológico: Indemnización de hasta 9.500 € / año.
        - Otros problemas: Indemnización de hasta 5.800 € / año.
    1.d Pérdida de autonomía personal. Conlleva la necesidad de ayudas técnicas y adecuación de vivienda a una falta de movilidad. Puediendo ser:
        - Productos de apoyo: Indemnización de hasta 150.000 €.
        - Adecuación de la vivienda: Indemnización de hasta 150.000 €.
        - Incremento de los costes de movilidad: Indemnización de hasta 60.000 €.
        - Gastos de ayuda de una tercera persona
  2. LUCRO CESANTE. Es la ganancia que se dejará de obtener en un futuro como consecuencia de los daños. Hay 3 tipos de perjudicados de lesionados:
    2.a Que sufren una pérdida de ingresos de trabajo personal. Se calculan los ingresos netos del último año anterior al accidente o la media de los 3 últimos.
    2.b Menores de 30 años pendientes de acceder al mercado laboral.
    2.c Dedicados exclusivamente a las tareas del hogar.

Recomendaciones de PJ GROUP

En PJ GROUP le recomendamos 2 cosas:

  1. No acepte la primera oferta. Como premisa con la Administración, desgraciadamente, es válida. Ya que ofrecerán una cantidad muy por debajo del valor del suelo. De ahí la avalancha de reclamaciones por la construcción del AVE, aeropuertos, etc.
  2. Busque un Perito competente. Que le ayude a determinar el valor del suelo, explotación agrícola, inmuebles, negocios, etc.

¿Has sufrido un accidente y has reclamado? ¿Cuáles han sido los pasos que has dado para ello?

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